Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

, otro que adminillre los Sac1·amentos• . 19 11, Si el que con colacíon ·, y preíen · tacíon del Beneficio irrita , y nula, porque no fupo la lengua, baíl:ará aprenderla , para pocier retener el Curato fin nueva prefentacio1~. 3 1 1? . . Si podrán hazer oficio de Curas en las Doéhinas los Religiofos que . folamente tiene12 affignacion de fos Prelados. 34 14, Si las Religiofos Doél:rineros fon verdaderos Cu.ras, que deben hazer el oficio de Parachos de juftiéia , o fofo titulo chariratis. .3 '7 1 ¡. Si pecan los Obifpos Patrones , y Prelados de Religiones quando dan las Doéhinas a hombres doél:os que no faben la lengua, y por efte defeél:o les dan Coadjurorcs que la fepan. 3 9 16, Si cumple con la conciencia· el Cura que fabe la lengua , con la qual enfeña a muchos Pueblos , que las tienen diferentes. 40 17. Si para Cura de Indios hallara elegir al digno , dexando a.Imás .digno. 42. 18. Si los Doél:rineros tienen obliga– cion de hazer la profefiiou de la F é. -t-4, 19. Si los ilegitimos pueden tener Do– él:rinas affi de Indios , como de E[pañoles. 46 10. Si los hijos de los Doéh ineros cll:án privados de todo geneco de Doél:rinas , y en particular de las que tienen , o tuvieron fus padres , y {i en eíle Nuevo Mnndo padecen el mifmo defeél:o los Religiofos ex,. pulfos. Jº TR. ATA DO SEGUNDO, • • • 1 De la refld4 fJtÍ,tJ, t¡IH d~k~ «1.ie, r /QJ. Do~ élrin~tQs. fql. Ji SECC, l s I 'los noetdneros . pQ4rá.11 au[entirí.e de fus Doél:ri... nas , dexando e11 fü lugar perfon~ idonea que adtnini{l'r~ fo, Indios. f 4 1. El Cura CJ.ue r~lide corporalmente en el Beneficio , y no enrcita por fu perfona el oficio , fino por un Cqad– jutor ft tiene obligacion l reftituir los frutos del Renefu:io ? • ;7 J • Si farisfará el Cura con la conciea.. cia, que de quatr9 parces de tra·bajo, toma para fi fa ut)a ~ y encomienda las tres al Coad j ucon . J 3 4• · Si el Cura que llévó los frutos 'de un Beneficio a{Iil\iendo , y no /ir.. viendo poi: fu perfé)na , fi para quitar efcrupulos podrá componerfe cm1 la Cruza.da ? f, 5. Si los Curas , y .Encomenderos po– drán Nevar en con~ieuda el efti – pendio , y tributo de aquello~ P\le– blos , qué por eflar rerir.a.dos no ..los ven más de Utla vez al año. ihid. (;. Si el Obifpo podrá obligar co11 penas l los Dottrineros que relidan. en fus Doél:rinas ? 61 : T RATADO T ERCERO. De_ la obligacion que tiene el D<1flrirzero dc .detir: Mifa d losFe!igrefas. fol.61. . 1 SE.ce . 1.5 1 los Dolhineros tienen o!,ligacion a dezir Miífa - i .1. .Pº' \.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=