Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
Lib. l. Trat. V. Prologo. 93 - TRATADO QUINTO, .De la Li1nofna que deben hazer los Drn$l:ri– neros ··de las rentas que perciben · de f us Doérrinas. P R O L O G O. 1 • LAngelico Preceptor Santo Tho– . :mas en Cuz.. 2-. quieft. p. art. 1. & in 4 . dift. If, qu, 1. dize . . que Eleemofyna eft op_us , in quo 11/iquzd indigenti ex compaffione datur prop– ter Deum; dizefe eieemofyna a !Ato, qu~ es lo mi[mo que mifericordia ; porque ,la li– mofoa es la que por miferacion [ocorr~ la necefiidad del proximo, y es en dos mane– tas; una corporal ; y otra efpiritual : la corporal es aquella que remedia las necef– ftdades del proximo corporales , y con me– dios corporales: la e[piritual es la que.fo, corre menefieres eípiritua!es , y cofas eípi– rituales ; ambas fe contienen en el.los dos verfos : Vijito , poto , cibo , redimo, ' tego , coiligo , cond<>. Vifizo , vifitar los enfermos, poto , dar deber al fediento ; cibo , dar de comer al hambriento ; redimo, redimir los cautivos , y encarcelados ; colligo , hofpe– dar los peregrinos ; tego , vefii.F al defnu– do ; cando > enterrar los muertos. Las efpi• rituales fon , confute , caftiga , folare , doce, remitte , fer, ora : confule, darconfejo al que Jo ha menefier; caftiga, cafiigar al que neceffita dello ; folare , confolar al afligi– do ; remitte , perdonar las injurias , y agra vios; fer, tener paciencia en la~ adverfida– des; doce,encaminar al que vá errando; ora, rogar a Dios por vivos , y difuntos. De que fe infiere , que ijÍ1Jguno fe puede excufar de hazer Jimofna , porque ninguno fUede aver que no tenga bienes corporales, o eípiritua– les , con los qua!es puede focorrer las ne– ceffidades de füs proximos, La limoína íe ha de hazer de íus proprios t bienes , y no de los agenos , por cuya cauía los eíclavos no pueden hazer 1imofna de cofas corporales, porque no tienen domi– nio en ellas: ni las muger~scaíadas pueden hazer 1imoína alguna , quando no tienen mas bienes que los dotales,fin que para ello le dé licencia el marido, por efiar obligado ftempre a fatisfacerlos : ni los hijos de fa– milias , aunque fean unicos herederos de fus padres, porque aun no tientn dominio de los bienes ,. ni los Religiofos por la mif. rna razon , fino es que el Superior les dé li– cencia para ello ; pero adviertaíe , que por la voluntad prefumpta de cofas de poco precio , como fon cofas que con e.J ufo íe acaban luego , como fon cofas de comer , pueden los eídavos , y los demás referido.s hazer limofna , porque para íemejantes poquedades , es vifio dar confentimiento los que tienen el dominio dellos. Pero en cafo de extrema neceffidad tO- 3 dos pueden de lo ageno focorrerla , como dizen Palaos y Diana, a quienes cita Ma– ·chado in marg. to.i.l.2..p.i. tr.6.doc.7 . num. 1. y aun en grave neceffidad po~ráQ tambien de lo ag.eno , y comra la voluntad de fu M J ducñ0
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