Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion

Lib. l. Trat. 1 V. Srcc. l. SECCION i. Como fe ha de aver el Cura fon los mu– ch(l,chos de Ju Do8rina en quanto a obligarlos a oir Miffa, confef[ar, J eomulgar? 1 EN quanto a ellas dudas ay tan poco re- fuelto entre los Doétores , que ay va– riedad de opiniones fobre averiguar de que edad obliga a los muchados el precep- · to de la confefilon. San Antonino dixo,que no los obligava , y halla los doze afios eftá n libres de todos los preceptos de la Iglefia, lo mifmo dize Sá verb. Confefl. n.3. y Enriquez. lib. 8. de Eucharift. c. 41.. nu. ,4, ,. Lo que yo juzgo , es , <1ue a la confeffion obliga el precepto Divino luego que. el hombre fabe pecar, y por efte precepto re– do pecador efi á obligado a confe{farfe en el articulo, y p~ligro de muerte, y a falta de Confelfor. , debe hazer Aélo de concricion , para jufiificarfe delante .de Dios. 'Efta obli– gacion , que es por Ley Divina, manda 1a Igle!ia que fe cumpla una vez al año por la Quarefma, o ames, demar.era, que !i un pe· cado/ por precepto Divino , aunque no Je huviera Eclefiaftico , eilá obligado en el articulo , y peligro de muerte a confeífaríe , y fino tiene copia de Confelfor, hazer Alto de comricion, como Cayetano Jo dize do– aameme , Hurrndo, Complutenfe difput. ·f . de p<Enitent. difficult. 4. Vazquez y Diana 5. part. traél. 13, Mifcell. J. refo!ut 34. 3 La dificultad eílá en averiguar la edad en que, la Iglefia obliga con fus preceptos a los Fieles , y en quamo a efto ay variedad, _porque San Antonino dixo , que no obligan halla diez años. • 4l A efta dificultad refpondo por conclu- /iones, y fea la primera, que el precepto de 1a Comunion no los obliga luego que tie– lCn ufo de razon, ÍlJlO en aquella edad' que pueden llegarfe a la fagrada Eucharifüa con devocion , y reverencia ; la razon es , porque 1a Iglefia quando manda la Comu– nion,dize que reverenter accipiant. Encarga la reverencia, y tamo, que dexa al arbitrio del Confeífor el dilatar la Comunion, quando juzga que no es capaz de comulgar con la reverencia , y reí pew debido aran alto ~acramemo ~ de d~mde fe colige,que fe requiere mayor d1fcrec1on, y capacidad pa– ra efie .Sacramenro, que para 1 otros ; efia mayor difcrecion tendrán de diez a doze años , y affi juzgo verdadera, en quanto a e~e prec~pto, la opinion de Soco , Sá y En– riquez, citados arriba, aunque es harto vro. b~ble la del Doélor Juan Sanchez, el gual d1ze; que !iendo capaz de confelfarfe, es capaz de· comulgar. Y affi 9uando na obligue el Parocho a f comulgar a los muchachos una \'ez cada . a~o , no pecará contra el precepto Edelia– fiico,pero in artictdo 1?1ortis de~~ comulgar para falvarfe qualqu1era Chrifüano, que · fue. capaz d~ confelfarfe , porque en eífe amculo obliga el precepto Divino, como diré adelante. ~J precepio_ del ayuno halla que renga ~ veinte y un ano cumplidos no obliga, pero aunque no ayunen , deben abllenerfe de ' ?mer carne en los dias que la Iglefia -pro– h1~e ; la edad quand.o eila obligacion co– rruerr~a, es quando tienen bailante difcur– fo '· y ufo de razon, que entonces tamtiien obl,ga el precepto Ecleliaaico de la con– feffion de cada año ; la ra2.0n es , porque quar.do tiene uío de razon, comien~a la iey natural a obligar : luego tambicn obligarán Jos preceptos humanos; y affi el DerecJ10 C~nonico c. omni~ i1triufquefe ,rns, de pamír. d1ze, que omnes F1dele1 cum ad anno1dijcre– tionis pwuenerint,jingulisannis confiteantur d~wde a todos los que tienen edad,y difcre: c1on les manda,que cada año fe confieffen. En quamo al pr~cepto de oír Milla , di- 7 go_, que. los obliga luego que tienen fu. ~ciente .difcurfo, y capacidad para pecar ; na Comnk > Fagundez >Mercero> Azor, & fi-

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