Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
- Lib. J. irat. I l l. Secc. X 1 V. 75 rore! de Clerigo., podrá el uno al otro con– fctfarfe , haziendo primero .Alto de con– u ic1on, y para mayor fegundad abfolverfc el uno al orro folamente de la defcomu– nion , y elle tal al otro de pecados, y cenfu– ras; y luego con el abfuelto confeffarfe de fus pecados el otro. Affi lo tiene Avila in tnanujcriptis , quoad f ecundam partem ; y en quanto a lo primero della abfolucion , affi to tienen Soto, Ledefma , Viétoria, Vega 1. part. c.6. de abf olut. difficult. 4 3. y la dá por probable Avila 1,, p. c. 6. difp. ,. dub. ,., s E e e I o N X I v. Preguntafl,qru hará el Cura que tiene ,n f a Bmeficio un Sacerdote que Yinó de otro Obifpado con licencia de fu Or– dinario para confe.ffar ,ji podrá con– fofjarfa con. él para de 1Jr Miffa ? 1 p Ar.:1 la refolucion della duda es mene- tler fuponer , que es quefü.on bien reñi– da entre los Doétores , y que eftá en opi– niones , ti bafta que el Confe{for fea apro– bado por qu alquiera O rdinario , para que pueda fer elegido por la Bula , o confeífar a los qqe no tienen Cura feñalado, como fon los Sacerdotes : afii lo dizen f.nriquez J. 6, c. 6, §. 7. y cita al Maeflro Gallo, Medina i Yazquez, Moya . Navarro , Butlos , Saha– gur1,Cordoba. y Egidio de Sacram.difp. S.dub. 7. n. 55. Regin~ldo l. 1. n 183. con otros diez Doétores, que cita el Doétor Juan Sanchez in feieEl. difp. H · n. . 1. Diana que los cira : y ligue a todos en el to. 1. tr. 3 r. refol. 1 . d1ze , que bafia la aprobacion de qualquiera O rdinario , para que donde (}Uiera pueda fer elegido po( la Bula. , Otros d1zen , que el Sacerdote aprobado ~n un Obifpado , no puede confeífar en otro , fin nueva aprobacion del Ordinario donde fe halla; affi lo dize Layman in Theol. Morat.l. pr.6.Vaique:i in 3.p. tom, 4. qu, 99• t d b Zerola Villalobos , 4Zr.3. u.4.num. 3. , Vega, Campaneli, Acofta , Guderrez , y otros. Supuello, pues, que fon probables an:has 3 fentencias, bien podrá feguir la ~e q~iíie, re el Sacerdote , que quifiere dem M1ífa : demanera , que fi quifiere confeífa~fe , fi– guiendo la primera opinioo , hará bien, Y Í1 -quifiere feguir la fegunda fentencia , Y con– feífarfe con el tal ~acerdote a probado folo en otro Obifpado,tambien lo podrá haz.er ¡ affi lo dize el Doétor Juan Sanchez in[eleét.. di(p. H n. x 3. donde dize efia~ palabras : Obiter advertendum maxime erit, SacerdotetM . habentem liZthale crimen , & volentem cele: brare , neque invenientem Confef[arium, qua /if ab Ordinarioproprio approbatut , non Jo~fJ conftri8um fua crimina aperire appr~bato 111 aliena DiOJceji , quia tune merito arbttratu~, copiam Conjejfarii deficere , nec tenetur quz~ atiorum op,nionem fequi, propria deferta • & mullo minus in materia Sacramentorum, ubi facrilegii periculum ev enire poterit. La primera razon es , porgue de dos opi- 4 niones probables puedo feguir la una , o la otra , como comunmente tienen los Doéto· re¡. Luego·podrá en cfie cafo feguir qua(. quiera de las dos opiniones, y afil confe!far– fe , o no , y hazer lo que quifiere, c¡ue aíli lo dizen. Villalobos tom. 1. traEl. 2. . dub. 3 8. Maldero , Sanchez , Martinez, Enriquez , Salas , V azquez, Diana z. p. tr. 1 3. re(ol.1.. La feguoda razones, porque el cal Sa- > cerdote aprobado por otro O rdinario , no es Confeífor cierto ·, fino dudo fo , por ellar en opiniones , y ninguno tiene obligacion a confeífarle , efiando en duda . fi le vale la confeffion , o no, pues puede fer que coran, D1Q fea invalida , y facrilega. K & SB.C-
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