Itinerario para Parochos de indios: en que se tratan las materias mas particulares tocantes ellos para su buena administracion
Lib. J. Trat. 1I l. Secc. l. ofrecerlas por ellos , que ton las Pafcuas , y dias de fiefta. ~ Efie mi fendr lo pruebo con la autori– dad de las tres opiniones arriba referidas : con la de Soto fe prueba, r orque fi elle A11- tor fieote , que todas las Milfas que ·ofrecen ]os Curas, las deben aplicar por fus Feligre– fes; bien claro eHá que fiente, que las que dizen las Pafcuas • y las fiell:as , fe de6cn aplicar por los Feligrcfes • por la regla que qui totum dicit , nihil excludit. 10 Con la de "Barbofa fe prueba tambien , porque fi elle doaiffimo Maelho tiente , ~e los Curas eftan obligados a apli<:ar al– gunas Mia"as por los Parochianos a arbitrio de varon prudente, que mas prudente que los Padres que fe hallaron en el Concilio Limenfe? adonde juzgaron, que fe debian apJicar las Miffas por el Pueblo en la forma dicha en nueftra conclufion y reípueíla , como íe colige de las palabras dd Concilio en la part. 1.§;-6 7. que diz-en a!l1: ~eloJ' P,ebendadOS' hagan el Oficio de la Mi11a co,e mucha ciencia , y fea jtempye la p,-opria del dia, la quat en /u Cathedrales fe Iza <le deziY rada dia poY el PaebJo, y por lo, BienlzecJrOYet, y en las- J>arrochiales por Jo menor en los diar de Domingos , y fieftas h«11 de celebrar lor Cu– rtu por et Pueblo , y /01 Bienhechorer , lo qnat tambien fe ha de hazer en /OS' lv_ga,es de Iic– ·dios; y fepan todos ,que las dicha.r Mif{ar todat defde ahora eftánaplicadar en !tifonna difha, 11 La tercera opinion tambien prueba. nue– fira conclulion, porque fi fus Autores fien– ten , que los Curas no eíl:an obligados a aplicar ninguna Miffa por el Pueblo, fino dezirCela , para que .la oygan los Domin– gos, y demas fieftas, pero que fi huvieffe al– guna Conftitucion Synodal , o decreto del Concilio, que en tal cafo ellan obligados s ofrecerlas por el Pueblo , aviendo, como ay , decreto del C<>rk:ilio Limenfe , imme– diatemente referido , es cierto que fieoten , que en las partes adonde efüí recibido di– cho Concilio deben los Curas ofrecer las Mi/fas, y aplicar las por fus Feligrefes, y lo mifmo los Prebendado¡ , y Doétrin~ros , ca la forma referida en la conclufion. Pruebo lo fegundo en efta ·conclufion ,u. porque el Concilio Limenfe pudo poner precepto a los Prebendados , Curas de Ef ~ pañoles, y de Indios, a que aplicaffen las · Milfas por el Pueblo, y Bienhechores,y eftos lo tienen obedecido , y con efia condicion reciben las Prebendas, y Curatos ; Juego tie– nen obligacion a (?frecer los Sacrificios por fus ,Feligrefes, y Bienhechores. Que el Con– cilio pueda poner dicho precepto , no ay duda, pues &s Superior, y tiene·potetlad pa• ra ello , y por tenerla , lo confirmó fu San– tidad, que es 1a fu prema de la Iglefia,luegG no ay razon para deíobligar a.los dichos , que ofrezcan las Mi{fas por fus Parochianos. Y aunque es verdad , que el Iluíl:riffimo 1; Señor Don Gafpar de ViJlaroel, digniffimo Ar~obif po de los Charcas , llevado de fil generofidad , y aníiofo defeo del alivio de los Curas, cortó muy delgada la pluma pa- ra adelantar fu defenfa , confielfa fu llu– firiffima , que ferá conveniente para quitar todo efcrupulo , !iendo Jos Curas ricos, ce. _ lebrar por fu Pueblo ; fus palabras lo dize11 - mejor en la pa,t. 1. quttft. 10. art. 9 num1w . 3 z.. Pero para quitaYJo.r de toda efcri,pulo, le.r aconfejára yo, 1jue fl fon los Cirta1 Yicos,cele– bren elfos dia1 por fzu Pueblo,, los que han te. nido Doéfri,,as bien [aben, y tambien lofa IH– tm>J' tos que ilu hemos v.fl , ado, que e1t el libr~ d,l de~, y hade avBY ,jiBlnpre deverán a los llidio,1 vivos , y mueytor ; y fl f ueron pobreJ' . /01 curato, , y ~eceflitaYen da lar Mif[as par<1 fu fuftenio , 1:onft1Jte11 Jiu Obijpes- , &c. Y que el Concilio lo ponga por preceptOif confta de las mifmas palabras : lo quaJ ti2m. bi,nfe lia dehazw e11 los lugares-d,J<>t JntJio;, fepan todos, que las, dicha¡ Mi/fu tod•.r defde ahor11 eftén apUcadat en form4 dicha,las qua– les dan a entender, que el Concilio lo or– dena affi; y para que Jo execu-ren los Doélri– neros , les advierten , que las tienei., por aplicada$ a los Indios: y que todo lo que e] Concilio encfte §. ordena fera precepto , fe prueba • porque fi no lo fuera , fino con– fejo , pud~rao muy bien lo$ Prebendados 1 aplicar
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