Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
54 ANDRÉS GUTIÉRREZ OLIVA - MARÍA JOSÉ GUTIÉRREZ DAROCH Págs. 45 - 68 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución de un terreno para vivir, desplazarse, realizar actividades de desarrollo, etc. El territorio guarda riquezas relevantes para el desarrollo de la población que habita en él” 13 . Si bien la Constitución Política de Chile no entrega una definición de territorio, utiliza el concepto con un enfoque político-administrativo, al se- ñalar que “Chile es un Estado Unitario y su administración será funcional y territorialmente descentralizada o desconcentrada” 14 . Por su parte, el Diccionario Constitucional Chileno define territorio como “una extensión geográfica terrestre, marítima y aérea en la cual se despliega la autoridad del Estado y se ejerce el poder” 15 . Estas ideas sobre el territorio se apartan de una visión más holística del mismo, que en la perspectiva del desarrollo sostenible se ha conceptualiza- do como “el espacio de interacción de los subsistemas natural, construido y social, subsistemas que componen el medio ambiente nacional, regional y local, estableciéndose una relación de complementariedad entre los con- ceptos de territorio y medio ambiente” 16 . La comprensión y reconocimiento constitucional del territorio, como una plataforma en la que se producen interacciones entre los distintos ám- bitos que se manifiestan en estos, es necesaria para desarrollar sistemas institucionales de gobernanza dotados de instrumentos y recursos que per- mitan a los actores relevantes gestionar sus actividades de acuerdo a las especificidades y prioridades territoriales definidas por estos, y que en el plano de la seguridad hídrica que hemos venido desarrollando se traduce en abordar la creciente falta de disponibilidad del agua como una proble- mática multidimensional, esto es, inclusiva de los distintos usos y usuarios del agua, velando especialmente por la regularidad del ciclo hidrológico y la conservación del medio ambiente como presupuestos para el consumo humano del agua. De esta manera, concebimos la seguridad hídrica como parte de un modelo institucional de gobernanza territorial que especifique los obje- 13 Departamento de Servicios Legislativos y Documentales Programa de Formación Cí- vica (2018), pp. 146-148. 14 Artículo 3º de la Constitución Política de la República. 15 G arcía et al. (2016), p. 946. 16 G ross (1998), passim .
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