Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
49 3. DESDE LA SEGURIDAD HÍDRICAA LA TUTELA CONSTITUCIONAL DEL DERECHO HUMANO ALAGUA... Págs. 45 - 68 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución En reemplazo de lo anterior, en los últimos años se dictaron diversas normas y han tenido lugar distintas iniciativas políticas y técnicas tendien- tes a mejorar ciertos estándares o corregir los déficits relacionados con el manejo de las aguas. Casos destacables son la Ley de Servicios Sanitarios Rurales, la Ley que Fortalece a la DGA y la, actualmente en trámite, refor- ma al Código de Aguas. Sin embargo, todas estas medidas no obedecen a un plan ni se integran a un sistema de gestión armónico, lo que trae como consecuencia que muchas de ellas no prosperan y otras funcionan como mejoras aisladas sin que incidan en los límites de disponibilidad de agua para consumo humano y usos ecosistémicos. Lo anterior deja expuesta la necesidad de establecer un objetivo estra- tégico, más amplio que el solo mercado de derechos de aprovechamiento de aguas, que guíe la gestión hídrica; que proporcione los elementos nece- sarios para el mejoramiento de la institucionalidad, el establecimiento de esquemas de gobernanza, y que, principalmente, permita la priorización entre los distintos ámbitos que la constituyen. En este contexto, el presente trabajo tiene por objeto: 1) Destacar la noción de seguridad hídrica como objetivo de la gober- nanza del agua y la relevancia de ser incluida dentro de un concepto amplio de territorio en el capítulo dedicado a las bases de la institu- cionalidad en un nuevo texto constitucional. 2) Identificar los lineamientos base para una propuesta de tutela cons- titucional del derecho humano de acceso al agua y saneamiento, como ámbito específico de la seguridad hídrica, cuyo estatus jurídi- co prioritario debiera tener amparo constitucional expreso en tanto derecho fundamental en un eventual proceso constituyente. diseñado como un órgano operativo para discutir las soluciones intermedias entre los cinco ministerios más relacionados con el agua: agricultura, minería, energía, medio ambiente y obras públicas. El delegado presidencial nacional para los recursos hídri- cos también formó parte del Comité hasta el final de su mandato. En cierta medida, el mencionado Comité fue un espacio político con una dinámica de caso por caso y no operó sistemáticamente. Sin embargo, se trató de una instancia informal y no ins- titucional y que no prosperó. (iv) Entre 2014 y 2015, producto de la sequía, se crea- ron las Mesas Territoriales del Agua para coordinar con autoridades subnacionales la implementación que incluyeron actores públicos y privados, así como universidades y representantes de la sociedad civil, y se conformaron incrementando su actividad poco a poco.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=