Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
48 ANDRÉS GUTIÉRREZ OLIVA - MARÍA JOSÉ GUTIÉRREZ DAROCH Págs. 45 - 68 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución de aguas, tengan o no concesiones para su uso y sin atender a la fecha de su título. Si estimamos, en cambio, que el interés público es inmutable, o sobreponemos el interés privado por sobre la naturaleza jurídica del agua, privilegiaremos mantener el estatuto regulatorio de origen para quienes hayan adquirido sus títulos antes de la vigencia de la ley modificatoria del ejercicio de los derechos de agua, lo que se ha denominado como certeza jurídica 6 . Lo anterior es del todo relevante si se considera que, en Chile, gran parte de las aguas superficiales y una porción no menor de las aguas sub- terráneas se encuentran concesionadas a particulares principalmente para usos productivos 7 . Esta discusión refleja en gran parte lo que actualmente se está discutien- do en la Comisión de Constitución del Senado en el marco del proyecto de ley que reforma el Código de Aguas 8 , en donde aún no se ha establecido con claridad la diferencia entre una limitación y una privación del derecho de aprovechamiento. Esta disputa, en gran parte, es la que ha impedido avanzar en el establecimiento de políticas públicas para la gestión del agua, pese a distintos intentos en la materia 9 . 6 El Mercurio, 14 de julio de 2019. 7 I nstituto de I ngenieros (2017), p. 35. 8 Boletín Nº 7.543-12, de 2011. 9 (i) En el año 2007, se elaboró por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CO- NAMA) la Estrategia Nacional de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas (EN- GICH) y la creación de su institucionalidad (Consejo Ministerial de Cuenca y Secre- taría Ejecutiva); (ii) en el año 2014, se nombró un delegado presidencial de Recursos Hídricos para asesorar a la presidenta y los ministros sobre cómo mejorar la gestión de los recursos hídricos en Chile. En ese momento, reflejaba un cierto compromiso de aumentar la importancia del agua en Chile; pero el mandato del delegado presidencial terminó en mayo de 2016, antes de que cualquier política nacional de recursos hídri- cos pudiera ser acordada por los diferentes ministerios e interesados competentes. No obstante, la visión del delegado presidencial ha sido recogida en un documento titulado “Política Nacional de Recursos Hídricos”, que reconoce las cuencas hidro- gráficas como unidad de gestión territorial, y establece directrices orientadas al esta- blecimiento de sistemas de información, así como a la gestión integrada de recursos hídricos. Sin embargo, dicho documento no ha tenido los efectos esperados. (iii) En marzo de 2014, se instruyó la creación de un Comité de Ministros del Agua, el cual concordó acciones en gestión, inversiones y una estrategia con distintos proyectos de ley para avanzar en una reforma sustantiva de la legislación vigente. El Comité fue
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