Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
747 25. LA INSUFICIENCIA DEL RÉGIMEN LEGAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS Págs. 745 - 772 C apítulo V: C ontaminación de las aguas duce, especialmente sobre las especies nativas chilenas 7 . A lo largo del territorio nacional, la situación descrita ya ha provocado casos avanzados de eutrofización en distintos cuerpos de agua a lo largo del país 8 . Es importante comprender que el deterioro constante de la calidad de las aguas indefectiblemente afecta su disponibilidad y, en este aspecto, es preciso reconocer que la falta de agua para satisfacer las necesidades bási- cas deriva en problemas que inciden, entre otros, en la seguridad alimen- taria y energética, la pérdida de ecosistemas y biodiversidad de los bienes y servicios que estos proveen, la calidad de vida de las personas y el creci- miento económico 9 . En este contexto de realidad y urgencia, esta ponencia tiene por objeti- vo demostrar que el régimen legal aplicable en Chile es insuficiente para proteger la calidad de las aguas y lo seguirá siendo, al menos en el corto y mediano plazo. Para estos efectos, primero se explicará brevemente la re- gulación aplicable en esta materia y, seguidamente, se realizará un análisis crítico de la misma, centrado principalmente en la falta de aplicabilidad de las normas de calidad ambiental de aguas tanto primarias como secun- darias, lo que se evidencia en la inexistencia de planes de prevención y/o descontaminación que establezcan medidas de reducción de emisiones de contaminantes. 25.2. Régimen legal para la protección de la calidad de las aguas La intervención del Estado en aras de proteger la calidad de las aguas se fundamenta jurídicamente en el deber constitucional de velar por el dere- cho de las personas a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, consagrado en el artículo 19, numeral 8, de la Constitución Política, así como en la misma naturaleza jurídica de las aguas como “bien nacional de uso público” establecida en el Código de Aguas y en el Código Civil. Básicamente, en el modelo chileno esta intervención se ha plasmado en un sistema regulatorio compuesto por prohibiciones (descargar vertidos 7 MMA (2016), p. 488. 8 Los casos de contaminación consultar en MMA (2016), pp. 468-472. También en DGA (2016), p. 44, y MMA (2011), p. 326. 9 DGA (2016), p. 118.
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