Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
726 ALEJANDRA PRECHT - ALEJANDRAVEGA - JORGE PRECHT - PABLO PASTÉN Págs. 709 - 744 C apítulo V: C ontaminación de las aguas a otros temas incipientes, como la temática de productos farmacéuticos en agua potable. En cuanto a la calidad de agua potable, las recomendaciones de la OMS establecen una serie de valores guías con el fin de la protección de la salud pública, que corresponden a 91 sustancias solo para químicos que repre- sentan una preocupación para la salud al presentarse en el agua de consu- mo humano, excluyendo parámetros organolépticos, radiológicos, de des- infección y microbiológicos (sumando más parámetros en total). En relación a los parámetros químicos, existen dos listados: los 91 men- cionados previamente, para los cuales se indican valores de referencia, y un listado de sustancias químicas para las cuales no se ha definido un valor de referencia, ya sea porque no existe evidencia de: (i) su presencia en fuentes de agua potable en concentraciones que impliquen un peligro para la salud, o (ii) su toxicidad. Cabe señalar que se generan fichas informa- tivas individuales para las sustancias químicas respecto a sus efectos, su cálculo y límites de detección de las sustancias químicas. El documento de la OMS provee hojas resumen por cada contaminante. Típicamente se indica el valor guía (por ejemplo, para el arsénico es 10 microgramos por litro, igual al que rige actualmente en Chile). Señala su naturaleza (en el caso del arsénico es provisional porque fue definido sobre la base de consideraciones de costo efectividad del tratamiento y de si es factible medir). La distribución u ocurrencia del contaminante (el arsénico se encuentra comúnmente en concentraciones de 1 a 2 microgramos por litro, pero en lugares con enriquecimiento algunas fuentes naturales puede alcanzar hasta 12 mil microgramos por litro, rango en el que se encuentran algunas aguas del norte de Chile 41 ). Se describe la base sobre la cual se de- sarrolló la guía (en el caso del arsénico no se ha encontrado una concentra- ción mayor a cero para la cual su ingesta sea segura, lo cual, sumado a que puede ser desafiante remover y medir contaminantes a concentraciones tan bajas, se adoptó como razonable el valor señalado de 10 microgramos por litro). Para cada sustancia el resumen indica el límite de detección analíti- ca, es decir, qué tan bajo se puede llegar a medir (en el caso del arsénico es 0,1 microgramo por litro por la técnica ICP-MS y 2 microgramos por litro por la técnica de absorción atómica). Finalmente, se indica hasta qué valor es técnicamente factible remover el contaminante (en el caso del arsénico 41 P astén et al. (2019), pp. 169-200.
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