Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
30 FRANCISCO JAVIER SANZ SALGUERO Págs. 25 - 44 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución el agua, factor que permite cambiar libremente su destino (por ejem- plo, de riego a consumo humano) 20 . – En tercer lugar, tenemos el carácter gratuito de la obtención y man- tenimiento del DAA 21 . En este contexto, quienes pretenden acceder a la titularidad de este derecho de aprovechamiento (tanto de aguas subterráneas 22 como superficiales 23 ) solo deben cumplir con las di- rectrices señaladas por la entidad encargada de este trámite (DGA), directrices que involucran el acatamiento de las exigencias legales establecidas en el artículo 140 y siguientes del Código de Aguas (contenidas en una solicitud), la realización de una serie de publi- caciones (a fin de publicitar lo requerido) y la constatación de la existencia de los recursos hídricos (mediante el desarrollo de visitas a terreno) 24 . El trámite, propiamente, no tiene ningún costo: el be- neficiario o la beneficiaria solo deberán financiar las publicaciones y la visita en terreno. Adicionalmente, tanto los antiguos como los nuevos titulares de derechos de aguas no están sujetos a erogaciones por este concepto. Finalmente, una opinión técnica que reconoce el carácter transferible del derecho a los recursos hídricos proviene del propio Banco Interame- ricano de Desarrollo (BID), a través de su jefe de la División de Agua y Saneamiento, Sergio Campos, quien llama la atención de cómo “Chile es el único país de América Latina que tiene un esquema de transacción de derechos de agua, donde se pueden comprar y vender” 25 . b. Impacto en materia de aplicación del DAA: casuística Dentro del marco del diagnóstico planteado, son varios los casos en los que el aprovechamiento de los recursos hídricos por parte de sectores vin- 20 V ergara (1998), p. 163. 21 L ewin (2003), pp. 8 y 9. 22 D irección G eneral de A guas (2018a), pp. 1 y 2. 23 D irección G eneral de A guas (2018b), pp. 1 y 2. 24 Adicionalmente, en el caso del derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas, es necesario incorporar a la solicitud una serie de antecedentes técnicos elaborados por la empresa perforadora. 25 “Megasequía en Chile: la disputa por la propiedad del agua en medio de la mayor sequía de la que se tiene registro”, en BBC.com, 17 de abril de 2020.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=