Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
608 JUAN CARLOS CISTERNAS FRIZ Págs. 573 - 620 C apítulo IV: P rotección de los cuerpos de aguas y desafíos del cambio climático informe del Comité de Inteligencia establecido en el artículo 6 de la ley Nº 19.974, podrá ordenar, mediante decreto supremo fundado, el empleo de unidades de las Fuerzas Armadas para la protección de infraestructura crítica del país…”. De lo que se puede colegir que al utilizar la expresión “riesgo” abandona la hipótesis restrictiva del estado de alerta preventiva. Sin embargo, en los fundamentos del mismo se declara: “[…] resulta de especial preocupación la infraestructura crítica que da soporte y permite el normal desenvolvimiento y desarrollo del país, toda vez que cualquier amenaza deliberada a ésta, afecta, en definitiva, la seguridad de la Nación”, con lo que vuelve a la hipótesis delictual. Es preocupante que nuestro legislador mantenga estos vaivenes, dado que el correcto uso de la terminología puede influenciar interpreta- ciones que recurran a la historia del establecimiento de la ley. Y más allá de que la fuente fáctica de estas iniciativas dice relación con los hechos acaecidos desde el 18 de octubre de 2019, sería deseable que la oportunidad sirva para incorporar criterios securitizadores, de acuerdo a la realidad de legislaciones comparadas que se preparan de forma precautoria y preventiva, frente a riesgos y amenazas de todo tipo. Por otro lado, en este momento de la discusión, se observa que los criterios securitizadores tienden, aún, a cumplirse excepcionalmente sobre hechos ya consumados, sin un enfoque permanente y sobre todo precautorio. 2) El órgano competente: Cada vez que se crean nuevas instituciones surge el problema de definir cuidadosamente qué competencias tendrá el órgano que lide- re el cumplimiento normativo, surgiendo el problema de duplicidad o superposición de competencias, lo que evidentemente dificulta la coordinación de los órganos de la administración del Estado. A) Estados de emergencia climática y el órgano Comité En el contexto de la crisis climática y de los diferentes estados de emer- gencia que ha decretado la Unión Europea, han surgido diversas comisio- nes multisectoriales con el objeto de abordar el problema. Los informes del IPCC han provocado en los Estados diferentes estra- tegias para enfrentar el cambio climático y sus impactos. V. gr., el Reino
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