Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
Págs. 451 - 482 C apítulo IV: P rotección de los cuerpos de aguas y desafíos del cambio climático 474 CAMILO CORNEJO MARTÍNEZ ecosistema se mantenga con cierto grado de estabilidad, siendo determinante la relación entre los individuos y su medio ambiente, en el impacto de dicho equilibrio, indispensable para la vida de todas la especies, teniendo todos estos derechos colectivos estrecha relación en materia de la protección de recursos naturales indispensables para la existencia, lo cual encuentra a su vez el esce- nario propicio de materialización en el derecho al acceso a una infraestructura de servicios que garanticen la seguridad pública al acceso a los servicios públi- cos y a que su prestación sea eficiente y oportuna” 60 . Cita largos considerandos de la sentencia del río Atrato, que relaciona con el interés superior del medio ambiente, los derechos bioculturales 61 , el desarrollo sostenible y la situación de contaminación que afecta los ríos, lo llevan a considerar “declarar un río como sujeto de derechos, por su impor- tancia y por la utilidad vital que el mismo encarna para todas las especies” 62 . Por ello declara “el Río Quindío, desde su nacimiento, su cuenca, afluentes y hasta su desembocadura, merece el trato de sujeto de derechos a la pro- tección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado” 63 . A diferencia de los otros casos, no incorpora a las comunidades, las universidades u organizaciones, y entrega la tutoría “al Gobernador del Departamento del Quindío de turno, que ejerza la tutoría y representación legal de los derechos del Río Quindío a través de la Secretaría de Aguas e Infraestructura de la entidad o quien haga sus veces, y garantice la protec- ción, recuperación y debida conservación del afluente hídrico” 64 . 60 Ídem. 61 “[…] se ha venido desarrollando un nuevo enfoque jurídico denominado derechos bio- culturales, cuya premisa central es la relación de profunda unidad e interdependencia entre naturaleza y especie humana, y que tiene como consecuencia un nuevo entendi- miento socio-jurídico en el que la naturaleza y su entorno deben ser tomados en serio y con plenitud de derechos. Esto es, como sujetos de derechos”. Tribunal Administrativo del Quindío (2019): Sentencia de primera instancia, dictada en causa Nº de radicación 63001-2333-000-2019-00024-00, el 5 de diciembre de 2019, p. 58. 62 Tribunal Administrativo del Quindío (2019): Sentencia de primera instancia, dicta- da en causa Nº de radicación 63001-2333-000-2019-00024-00, el 5 de diciembre de 2019, p. 49. 63 Tribunal Administrativo del Quindío (2019): Sentencia de primera instancia, dicta- da en causa Nº de radicación 63001-2333-000-2019-00024-00, el 5 de diciembre de 2019, p. 58. 64 Tribunal Administrativo del Quindío (2019): Sentencia de primera instancia, dicta- da en causa Nº de radicación 63001-2333-000-2019-00024-00, el 5 de diciembre de 2019, p. 62.
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