Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente

Págs. 451 - 482 C apítulo IV: P rotección de los cuerpos de aguas y desafíos del cambio climático 457 16. RECONOCIMIENTO DE PERSONALIDAD Y DERECHOS A RÍOS Y CURSOS DE AGUA... Más recientemente, en mayo de 2017, la Corte Constitucional Colombiana reconoció derechos al Río Atrato y ordenó al gobierno limpiar sus aguas” 14 [traducción libre]. En la región, ya en 2011, la Corte Provincial de Loja, Ecuador, en sintonía con su reforma constitucional de 2008 que reconoció derechos a la Naturaleza, “si bien no reconoció al río Vilcabamba como un sujeto de derecho individuali- zado, determinó que el gobierno provincial había violentado ‘el derecho que la Naturaleza tiene de que se le respete integralmente su existencia y el man- tenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y proce- sos evolutivos’ […], y en consecuencia, ordenó la elaboración de acciones de remediación y prevención y el cumplimiento inmediato de los requerimientos ambientales omitidos” 15 . Un hito mundial ha sido el comentado fallo colombiano dictado a favor del río Atrato: “[…] la Corte Constitucional declaró que el río, su cuenca y sus afluentes deben ser reconocidos como una ‘entidad sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y las comuni- dades étnicas’” 16 . No solo se reconoció la personalidad: “En su parte resolutiva ordenó al Estado ejercer la representación legal de los derechos del río junto con las comunidades demandantes, conformando lo que denominó una comisión de guardianes del río que podría valerse de un equipo asesor integrado por todo el que quiera vincularse a su protección” 17 . Esta sentencia ha servido de sustento para posteriores pronunciamien- tos sobre la personalidad de la naturaleza. Así, el 2018 se reconoce la pro- tección de la Amazonía (que incluye en su análisis el curso de agua): “La Corte Suprema hace expresa referencia a la sentencia de la Corte cons- titucional en el caso del Río Atrato. Utiliza la misma fórmula para reconocer la Amazonia como sujeto de derecho y ordena a las instituciones, junto con los accionantes y con el conjunto de las comunidades interesadas, aprobar un 14 E arth L aw C enter : Fighting for nature’s rights: question & answer: Universal Dec- laration of River Rights. 15 M olano y M urcia (2018), p. 87. 16 Í dem. 17 Í dem.

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