Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
Págs. 451 - 482 C apítulo IV: P rotección de los cuerpos de aguas y desafíos del cambio climático 453 16. RECONOCIMIENTO DE PERSONALIDAD Y DERECHOS A RÍOS Y CURSOS DE AGUA... dictados el año 2019 para intentar advertir qué puntos se están rescatando en las sentencias y que podría estar obviando nuestro sistema jurídico, por qué se recurre al otorgamiento de una personalidad a los ríos, qué es lo que se intenta solucionar, cuál sería la amplitud del reconocimiento, cuáles son las medidas que ordenan los tribunales como consecuencia de la atribución de personalidad, intentando advertir los beneficios y desventajas de este modelo de protección. Para ello (1) se hará una breve referencia al movimiento sobre reco- nocimiento de derechos de la naturaleza y/o sus componentes; (2) se res- catarán, como contextualización, algunos precedentes que han reconoci- do personalidad a ríos y cursos de agua en el derecho comparado; (3) se analizarán los cuatro precedentes judiciales dictados en Colombia el año 2019, para (4) finalizar con algunas conclusiones sobre los aportes de esta aproximación. 16.2. Algunos antecedentes sobre el reconocimiento de dere- chos a la naturaleza y/o sus elementos Cuando se alude al reconocimiento de derechos de la naturaleza, se ha esbozado la necesidad de reconocer a ecosistemas y/o sus elementos su posibilidad de existir, mantenerse, desarrollarse y regenerarse, así como también que cualquiera pueda actuar en su resguardo 2 . Estos, con mayor o menor profundidad, son el sustrato de lo que se reclama proteger como derechos. Puede ser antojadizo definir un punto de partida al reconocimiento de derechos a la naturaleza y/o sus elementos. Por ejemplo, una de las pri- meras obras de O’Higgins fue la prohibición de las peleas de gallos y las corridas de toros 3 . ¿Vemos en ello solo una prohibición o también adver- timos el origen de una protección especial a un individuo no humano, con un derecho a no verse expuesto a actos crueles y vejatorios? Es útil considerar que la protección de la naturaleza tiene una larga data, desarrollando distintas herramientas. Así, ya en diversos fueros medieva- les, antecedentes directos de la formulación actual de los derechos funda- 2 En este sentido, ver M urcia (2012), passim . 3 B iblioteca del C ongreso N acional (BCN) (2013).
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