Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
379 13. ANÁLISIS CRÍTICO DE LOS USOS DE LAS AGUAS GRISES EN CHILE... Págs. 353 - 388 C apítulo III: R egulación de las aguas u otras áreas en que tradicionalmente no ha habido una aceptación social 54 al respecto (ej., para consumo humano). En este orden de ideas, una normativa centrada en establecer estándares de calidad mínimos del agua tratada –como es el caso de Australia– hubie- se permitido mayor flexibilidad y dinamismo a los sistemas de reutiliza- ción de aguas residuales. De esta manera, un modelo regulatorio que resultaría recomendable se- ría que las prohibiciones y usos permitidos se determinen en función de las calidades finales del agua y los sistemas de tratamiento necesarios para alcanzarlas, lo que, por lo demás, puede quedar contenido a nivel regla- mentario y no legal, dada la rigidez que puede presentar la modificación en caso de proceder de esta última manera. 13.5. Principales obstáculos y desafíos para la implementa- ción de la ley 55 Desde ya se advierte que el principal obstáculo para la implementación de la ley ha sido la falta de dictación de las distintas normas que deben ejecutarla, como, por ejemplo, el Reglamento del Ministerio de Salud y las modificaciones a la OGUC 56 . En efecto, sin dichas normas resulta im- 54 Sobre este punto se ha comentado que “la calidad del agua regenerada es muy variable y en ocasiones no conforme con los criterios de calidad y como consecuencia pierde fiabilidad lo que no genera confianza en los usuarios y aquí el aspecto estético (in- cluido el olor) juegan un papel fundamental para que los regantes, los gestores de un campo de golf o los clientes de los usos industriales no estén dispuestos a aceptar las aguas residuales no adecuadamente regeneradas y mucho menos si se trata de un in- tercambio o sustitución de recursos. Por tanto, una vez seleccionado el tratamiento de regeneración más apropiado, es necesario asegurar la fiabilidad del mismo, realizando una adecuada gestión del sistema de reutilización. Se debe incidir en garantizar tanto la correcta explotación y mantenimiento de la estación regeneradora como la apropia- da distribución del agua regenerada, con el fin de obtener un recurso fiable en función del uso”. S áez (2010), p. 133. 55 En este punto se abordan algunos de los obstáculos y desafíos relacionados con la implementación de la ley, considerando su actual articulado y el sistema de regulación por el cual se optó en Chile, sin hacer referencias al modelo basado en la calidad final del agua y los sistemas de tratamiento necesarios para alcanzarla. 56 En el año 2019 se señalaba que “con este escenario de crisis resulta inexcusable que, a más de un año y medio de su publicación, no se haya dictado el reglamento que per-
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