Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente

Págs. 319 - 352 C apítulo III: R egulación de las aguas 333 12. FUNCIÓN SOCIAL DE LOS DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUA porta la limitación, ya que “esta concretización legislativa de la dimensión social de la propiedad implica reducir algunas de las posibilidades de ac- tuación individual del propietario, pero en cuanto limitación u obligación que es consustancial a su derecho de propiedad, no generando indemniza- ción, puesto que, teóricamente, no hay daño que lamentar (Sentencia del Tribunal Constitucional rol 2299-12, 2014: considerando octavo)” 44 . Luego, a propósito de la reserva legal para la imposición de limitacio- nes y el detalle de su regulación, se refiere a: “La fuente exclusiva que determina las obligaciones o limitaciones sobre la propiedad es la determinación del legislador. Ello no obsta a la colaboración re- glamentaria en dimensiones accesorias. (Sentencia del Tribunal Constitucional rol 2299-12, 2014: considerando décimo)” 45 . Así, “es esta delimitación legal lo que asegura, efectivamente, que la autoridad administrativa realice una concreción adecuada y razonable de las referidas condiciones habilitantes (Sentencia del Tribunal Constitucio- nal rol 2684-14, 2015: considerando decimoséptimo)” 46 . Finalmente, remitiéndonos al análisis efectuado por P eralta y Y áñez , debemos precisar que el Tribunal Constitucional ha desarrollado diversos criterios de resolución para determinar cuándo las limitaciones estableci- das por el legislador son compatibles con las garantías constitucionales. En este sentido, el Tribunal se ha preguntado: ¿son mesuradas y razonables? 47 ¿Causa daño la limitación? 48 . ¿Desnaturaliza bienes jurídicos? 49 . ¿La ac- tividad lleva envuelta alguna función pública? 50 . ¿Tiene la actividad privi- 44 P eralta y Y áñez (2019), p. 52. 45 P eralta y Y áñez (2019), p. 53. 46 Ídem. 47 Sentencias del Tribunal Constitucional, Rol Nº 56-88, 1988, considerando duodécimo; Rol Nº 253-97, 1997, considerando noveno; Rol Nº 1141-08, 2009, considerando de- cimonoveno; Rol Nº 1141-08, 2009, considerando vigésimo sexto. 48 Sentencias del Tribunal Constitucional Rol Nº 2299-12, 2014, considerando octavo, y Rol Nº 2684-14, 2015, considerando vigésimo séptimo. 49 Sentencias del Tribunal Constitucional, Rol Nº 245-96, 1996, considerando vigésimo octavo, y Rol Nº 1215-08, 2008, considerando vigésimo quinto. 50 Sentencias del Tribunal Constitucional, Rol Nº 56-88, 1988, considerando décimo; Rol Nº 506-06, 2007, considerando séptimo; Rol Nº 2299-12, 2014, considerando de- cimoséptimo, y Rol Nº 3086-16, 2016, considerando trigésimo segundo.

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