Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente

275 10. GESTIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, DESAFÍOS Y PERSPECTIVAS... Págs. 247 - 280 C apítulo II: G estión y gobernanza de las aguas La participación de los usuarios es relevante si se quiere desarrollar una comunidad de aguas subterráneas que se sustente en el tiempo. Para esto es necesario generar espacios de deliberación, más allá del modelo de un voto por acción establecido en la legislación, propiciando acuerdos en la comunidad que permitan entregar representación de todos los accionistas. Respecto al ejercicio de las atribuciones legales con las que cuentan, es relevante la implementación y posicionamiento de un equipo técnico asesor, que debería mutar de una base técnico-legal hacia una visión holís- tica. En la misma línea, se reconoce que los sistemas de medición, control y transmisión de las extracciones son un elemento clave para gestionar de manera sostenible el agua en el acuífero, ya que permiten la toma de deci- siones con sustentos técnicos y aportan a la transparencia al interior de la organización. En cuanto a los usuarios, todo indica que en general no tienen el interés inicial de promover la organización de una comunidad de aguas subterrá- neas, ni la disposición de resolver colectivamente los problemas derivados de la sobreexplotación. En general, sus esfuerzos y demandas se centran en la obtención de nuevas fuentes de aguas, que aumenten la oferta, sin eva- luar la necesidad de limitar sus extracciones, y que estas se ajusten al volu- men real de agua disponible en el acuífero y a la recarga natural del mismo. Tomando el escenario descrito, resulta indispensable que el Estado tome un rol protagónico en la promoción, organización y activación de las comunidades de aguas subterráneas, invirtiendo recursos que permitan acortar la brecha de comunidades que faltan por organizarse. Desde la perspectiva de la gestión colectiva de las aguas subterráneas, dado el escenario de sectorización administrativa de acuíferos en el país, resulta necesario que las comunidades de aguas subterráneas puedan ge- nerar espacios de coordinación entre ellas, para luego integrarse a la ges- tión a nivel de cuenca. Ahora bien, para llevar adelante una integración de las organizaciones de usuarios con jurisdicción sobre aguas superficiales y subterráneas, resulta necesario y urgente, generar legislación que permita normar o las reglas básicas que la definirán, idealmente reconociendo las particularidades de cada cuenca y la interacción hídrica de ambas fuentes. Por último, debido a que las comunidades de aguas subterráneas se en- cuentran normadas por el Código de Aguas y enmarcadas en el modelo de aguas chileno, replican una serie de debilidades de este, no obstante, repre-

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=