Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente

239 9. GOBERNANZA DELAGUA POTABLE RURAL EN CASTRO INSULAR... Págs. 219 - 246 C apítulo II: G estión y gobernanza de las aguas se presenta puramente en clave binaria “privada” o “pública”; por el con- trario, con frecuencia depende una de la otra 56 . O strom cuestiona, además, los presupuestos que la autoridad regula- toria impone de forma externa como “panaceas institucionales universa- les” para la resolución de problemas de pequeña escala, y las que tienen su propia complejidad, incertidumbre y dificultad. Busca desarrollar un marco teórico que identifique las variables que deben considerarse en las técnicas regulatorias que se utilicen, para permitir que los miembros de la comunidad que administren y autogestionen el recurso lo hagan de una for- ma exitosa o bien pueda predecirse cuándo fracasará dicha gestión 57 . Para ello identifica una serie especulativa de principios de diseño institucional a partir de las observaciones de campo recopiladas. De dichos principios destacamos que a su base se encuentra el reconocimiento de los miembros de la comunidad que autogestionan el recurso, como titulares de un capital social relevante y que es útil para lograr la conformidad con los acuerdos institucionales en el centro de regulaciones impuestas. La aplicación de modelos externos causa daños a ese capital social, al fijar estructuras ina- movibles y exógenas, que dejan fuera la autonomía de las comunidades y la impide, al inclusive sancionar conductas que implican soluciones inno- vadoras o ingeniosas. Muchos de estos modelos externos operan a su base con el presupuesto de que los miembros de la comunidad son incompeten- tes 58 , y bajo su marco se estructura y construye otro carácter de la noción de “participación”. De este modo, hemos precedentemente expuesto elementos de la reali- dad de Castro Insular, para analizar la adecuación con enfoque de derechos humanos de la gobernanza del agua en la Ley Nº 20.998 que regula los Servicios Sanitarios Rurales y que fue publicada en el Diario Oficial con fecha 14 de febrero de 2017 y cuya vigencia se encuentra diferida hasta la dictación de su Reglamento. Asimismo, consideramos los contenidos del programa que la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas ha diseñado y se encuentra ejecutando para preparar la imple- mentación de la referida ley. Este último programa ha sido desarrollado en conjunto con la academia, y declara haber sido “[…] construido a la 56 O strom (2000), pp. 290-303. 57 Ídem. 58 Ídem.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=