Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente

230 SENEAD EVA BARRERA TRABOL Págs. 219 - 246 C apítulo II: G estión y gobernanza de las aguas año en un territorio aislado y por lo general rural, previa coordinación a requerimiento con las autoridades municipales. El propósito del programa SP, “[…] es contribuir a que personas que viven en situación de pobreza y vulnerabilidad social, visibilicen, activen y conecten capacidades y recur- sos para llevar a cabo proyectos de desarrollo en distintos ámbitos de su bienestar” 34 . En el marco de lo anterior, durante 2019 y finales de 2020 el programa SP intervino en la comuna de Castro con un equipo profesional compuesto por una diseñadora 35 y una abogada 36 , específicamente en Cas- tro insular, correspondiente a las islas de Quehui y Chelín, ambas locali- dades pertenecientes al mar interior de Chiloé y cuya economía se basa en la agricultura y ganadería campesina de subsistencia. El equipo intervino el territorio implementando una actualización del modelo de intervención del programa SP. La labor central de la FSP se centra en la superación de la pobreza multidimensional. Este concepto de pobreza no alude exclusivamente a un déficit de ingresos, sino que es concebido como un fenómeno multidi- mensional en sus manifestaciones: “[…] Desde este enfoque, la pobreza se manifiesta como un conjunto de necesidades humanas inadecuadamente satisfechas” 37. El modelo de intervención del programa SP se condice con la aplicación de un enfoque de derechos humanos para el desarrollo, pues se basa en la participación y el reconocimiento de la capacidad de los titulares al opera- cionalizar el concepto de pobreza multidimensional, clarificando su conte- nido en orden a ejecutar acciones para su superación. En efecto, la referida operacionalización tiene a su base un enfoque de capacidades, transversal al modelo y el que considera que “[…] la mayoría de los derechos humanos están relacionados con los derechos de la persona humana a determinadas libertades fundamentales, entre ellas las libertades de evitar el hambre, la enfermedad y el analfabetismo. Y el enfoque de la capacidad exige que la adecuación de las disposiciones sociales se juzgue en función del floreci- miento de las libertades humanas. La prioridad a la libertad humana es pues el elemento común de conecta los dos enfoques. La consideración de la 34 FSP (2019), p. 2. 35 Teresa de Jesús Soto Morales. 36 La autora de este artículo. 37 FSP (2013), p. 9.

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