Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente

143 6. HACIA EL PERFECCIONAMIENTO DEL RÉGIMEN JURÍDICO DELAGUA... Págs. 129 - 156 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución de las aspiraciones de nuevos paradigmas necesarios a tener en cuenta para la nueva legislación hídrica en Chile, como lo es la gobernanza y seguridad hídrica. La gobernanza del agua se define como el abanico de reglas, prácticas y procesos (formales e informales) políticos, institucionales y administra- tivos a través de los cuales se toman e implementan decisiones, los actores pueden articular sus intereses y que sus inquietudes sean tomadas en con- sideración, y los tomadores de decisiones rinden cuentas por su gestión del agua. En base a esto, la OCDE desarrolló doce principios que correspon- den a “los doce principios de gobernanza del agua”, los cuales abogan por la eficacia, eficiencia y confianza y participación, para así de esta forma desarrollar medidas que generen cambios y avances en pos del recurso hídrico: “La participación brinda a los humanos el placer de realizar acciones con- juntas con sus contrapartes, para expresarse, para desarrollar el pensamiento reflexivo, para crear y recrear, para ser valorado por otros. Además, aumenta la eficiencia y la eficiencia de llevar a cabo y buscar soluciones a problemas específicos, porque hacer acciones con otros es más productivo que hacerlo usted mismo” 25 . Pensar en seguridad hídrica es pensar en enfrentar problemas estruc- turales sobre el uso y derecho del agua: uno de ellos es la escasa posibi- lidad de que otras entidades y/o usuarios puedan ejercer un mayor poder de decisión, ya que “con respecto al saneamiento básico, la perspectiva de demanda es importantes, pues, con base de ellas, podemos implementar tecnologías de fácil asimilación de parte de la comunidad beneficiada, bajo pena de que la infraestructura se use de manera inapropiada o se vuelva inoperante” 26 , capacidades que no le permiten asegurar el caudal de agua para aseo personal, utilizar el agua de lluvia para sus huertos familiares, aprovechar los afluentes, ni deliberar (en un hipotético contexto de igual poder) con otras entidades: “[...] La transparencia se produce mediante el acceso a información que debe ser pública y de fácil acceso. Esta perspectiva adquiere aún más evidencia cuando consideramos una discusión de este tipo dentro del contexto en el que el surgimiento de nuevas prácticas de gobernanza refleja los nuevos flujos de 25 S ouza (2016), p. 143. 26 C astro G alvao (2009), p. 549.

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