Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
134 PABLO CARRASCO Págs. 129 - 156 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución superficiales, la que podrá modificarse, dependiendo, de las siguiente cir- cunstancias: 1) En las zonas próximas a la desembocadura de los cursos de agua en el mar; 2) En el entorno inmediato de los embalses, y 3) Cuando las condiciones topográficas o hidrográficas de los cauces y márgenes lo hagan necesario para la seguridad de personas y bienes, lo cual lo hace imprescindible para una legislación que busca asegu- rar tanto la “salud” de los depósitos de aguas, la que finalmente ser- viría como base concreta para una efectiva seguridad hídrica como ejemplo en Chile, y así empoderar a las comunidades afectadas por la explotación de los recursos hídricos de sus localidades. Las civilizaciones ancestrales prehispánicas percibían del agua como elemento vital y que, debido a su apreciación, le conferían un significado de perpetuidad que no debe ser amenazada, bajo el hecho de que todos deben disfrutar de este elemento: “[…] se concluye la importancia que tiene el derecho al agua, y en conse- cuencia su forma de gestión por parte del Estado, el cual tiene como deber primordial conforme lo señala el art. 3 numeral primero de la Constitución” 11 . Tanto para kichwas y las culturas aimaras del altiplano hasta las selvas amazónicas hacia los Andes, el agua adquiría la función de otorgar vida y alimentos: debido al artículo 12º de la sección de los catálogos de derechos fundamentales en el país, el agua es consagrada al (merecido) estatus de valor inalienable al hombre: “[…] la Madre Tierra, nuestra única Pachamama , todos nuestros procesos, cada uno con sus características y ritmos propios, son también defensores de una cooperación interactiva que descarta el dominio de los viejos patrones” 12 . Un dato a tener presente: en Ecuador se registran veinte constituciones desde 1830; esto habla de inestabilidad institucional, así como de la lógica política de este proceso constituyente en un país que se encuentra en per- manente ebullición por la cantidad de problemas que se acumulan y que se quiere resolver a través de la participación democrática. ¿Podría convertir- 11 M oscoso (2017), p. 1. 12 D e la R ibera (2012), p. 13.
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