Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente

132 PABLO CARRASCO Págs. 129 - 156 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución En la filosofía andina sobre cómo sobrellevar la existencia en el mundo y cómo relacionarse con los distintos elementos que conforman el “todo” del mundo y de lo que hoy llamamos “ecosistema”, sin embargo, L lasag establece que es un error traducir sumak kawsay como “buen vivir”, sino que es “un sistema de vida que permite la armonía de la naturaleza. La naturaleza es todo lo que nos rodea y todo lo que nos rodea tiene vida. En ese sentido, el ser humano forma parte de la naturaleza” 6 . Por tanto, esta relación armoniosa entre todos los elementos del universo y del “todo” se rigen bajo el principio de la “racionalidad del todo”, un principio de carác- ter holístico sin el cual nada existe sin una razón: “Desde la visión de la filosofía andina, no existen sectores estratégicos porque todo, incluidos los denominados ‘sectores estratégicos’, está regido por los principios del sumak kawsay : relacionalidad, correspondencia, complementa- riedad y reciprocidad” 7 . ¿En qué difiere el “buen vivir” de otros cuestionamientos a la idea del desarrollo y el progreso? ¿Por qué es una alternativa radicalmente distinta al resto? Las crisis provocadas por el modelo de desarrollo extractivista monopolista –siempre salvaje– ocasionan mayores niveles de desequili- brios sociales y culturales y conducen, simultáneamente, a una mayor des- integración de hábitats –antes virginales– de la naturaleza. Esta tendencia profundiza cada vez más la exclusión, el autoritarismo y la intolerancia, además de las desigualdades tan propias del sistema capitalista en contra- partida con un elemento tan preciado como el agua es, en la cosmogonía particular que comparten los pueblos amerindios. Luego del plebiscito celebrado entre 2007 y 2008, Ecuador comenzó con una nueva Constitución, ratificada el 20 de octubre de ese año. Como cualquier constitución efectuada bajo principios democráticos con el fin de asegurar aspectos básicos de los derechos de los hombres, y como cual- quier constitución en un país de derechos, el ejemplo de Ecuador fue tra- ducido, en uno de sus principios insalvables y obvios, el concepto kichwa de sumak kawsay , refrendado en el capítulo segundo del catálogo de dere- chos sección primera, artículo 12, celebra y pone de manifiesto el valor del agua como un elemento nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. 6 L lasag (2009), p. 114. 7 L lasag (2009) , p. 122.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=