Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente
130 PABLO CARRASCO Págs. 129 - 156 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución 6.1. Introducción ¿Cómo afrontar los actuales desafíos en materia hídrica en Chile? ¿Po- demos conjugar derechos del agua, transparencia y participación pública? El siguiente artículo pretende mostrar que una alternativa para afrontar los actuales desafíos hídricos en Chile es considerar no solo la experiencia na- cional (como antecedente directo), sino también las experiencias positivas de nuestros vecinos a nivel latinoamericano, con ideas, conceptos y formas alternativas de solucionar nuestros problemas a nivel nacional. En particu- lar, el siguiente artículo pretende identificar en la experiencia de Ecuador y de Brasil aquellos elementos que pueden ser considerados como guía o alternativas para alcanzar un mejor estándar a nivel de régimen jurídico de las aguas en Chile y complementar el actual régimen hídrico en el país. En primer lugar, se buscará abordar las bases del régimen jurídico de los recursos hídricos de Ecuador entendiendo el concepto de sumak kaw- say como paradigma que proporciona ejemplos, ideas y una jurisdicción alternativa para una constitución ecológica, y, en segundo lugar, la “Lei das Águas” (Ley Nº 9.433) de Brasil, pues lo posiciona como un país in- novador en la gestión del agua, al garantizar el acceso a la información y caracterizare por la integralidad de diversos actores en la toma de decisio- nes sobre la gestión y conflictos del agua. La ley Nº 9.433 reúne los principios e instrumentos más modernos de la gestión del agua, “[...] contribuyendo a la implantación en Brasil de es- tructuras realmente planificación eficiente y efectiva y administración” 1 , puesto que desde 1980, con la progresiva descentralización del Estado for- mal brasileño, esta ley dio paso a una nueva forma de relaciones transver- sales entre los municipios y los estados federados: “La gestión de poder estatal presupone la reproducción reflexivamente monitoreada del sistema que implica la recolección, almacenamiento y controles regulares de la información aplicada a fines administrativos. Esa preocupación para el acompañamiento de los contenidos informati- vos no es nueva” 2 , ya que los esfuerzos para asegurar el acceso a la infor- mación se ha realizado en todo el país, siendo este de fácil acceso, legible y que pone altas exigencias al mismo Estado para garantizar ese consagrado 1 A parecida D ela R icci et al. (2011), p. 162. 2 V asconcelos (2008), p. 160.
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