Repensando la regulación de las aguas: crisis socioambiental y proceso constituyente

81 4. ELAGUA COMO DERECHO HUMANO Y FUNDAMENTAL EN LA CONSTITUCIÓN DE ECUADOR... Págs. 69 - 96 C apítulo I: H acia el reconocimiento del derecho humano al agua en una nueva C onstitución flictos derivados de la gobernanza de los recursos hídricos. En este periodo destacó el Consejo Nacional de Recursos Hídricos. Un segundo, que se adscribe al momento constituyente y al surgimien- to de la Secretaría del Agua, la cual, desde la perspectiva legal, nació cuestionada. Por un lado, debido a que su creación la hizo el presidente de la República a través de decreto ejecutivo (sin sustento legal) en mayo de 2008 39 , con el nombre inicial de Secretaría Nacional del Agua de Ecuador (SENAGUA); sin embargo, recién la Constitución aprobada en octubre de 2008 reconoció en su artículo 412 una autoridad a cargo de la gestión del agua, responsable de la planificación, regulación y control 40 ; pese a ello, se le asignó la rectoría nacional de la gestión y administración del agua. Y la visión centralizada fue evidente desde sus inicios, ya que SENA- GUA nació como ente adscrito a la Presidencia de la República, con el propósito de conducir los procesos de gestión de los recursos hídricos de manera integrada y sustentable. De tal suerte, que el representante legal de la entidad, denominado secretario nacional, era nombrado por el presidente de la República, y era un puesto de libre nombramiento y remoción. No obstante, si algo se rescata de su creación, fue la intención primi- genia que la gestión del agua se la ejerza de manera desconcentrada por cuenca hidrográfica (art. 8); sin embargo, la crítica recae en que las de- pendencias que fueron creadas para el efecto nunca tuvieron un poder real de decisión, sino simplemente multiplicador de las decisiones expedidas a nivel central 41 , bajo una dinámica del gobierno central tipo pulpo, con el propósito de tener el control y presencia en todo el territorio nacional 42 , sin respetar el principio de subsidiariedad. Si bien es cierto, la Secretaría del Agua fue “regularizada”, con la ex- pedición de la LORHUAA (2014), su rol siguió siendo director del sistema nacional estratégico del agua, y como rector, planificador y gestor de los 39 Decreto-Ejecutivo Nº 1088, publicado en el Registro Oficial Nº 346, de 27 de mayo de 2008. 40 M artínez (2017), p. 26. 41 Ver Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría del Agua, febrero de 2014. 42 B arrera (2005), p. 10.

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