Policy Brief - Huertos comunitarios como una herramienta social para la promoción de la salud mental
21 Unidad de Transdisciplina, Redes e Interfaz VID que permitan disminuir los riesgos provocados por los impactos del cambio climático. En este caso, se contemplan las siguientes medidas rela- cionadas a la promoción de las huertas urbanas: -Medida 5. Promueve la creación de más áreas verdes, una mejor accesibilidad y la disponi- bilidad de infraestructura de soporte, más se- guridad hídrica, y otras acciones que puedan promover la resiliencia y desarrollo local. -Medida 13. Se relaciona a la promoción de huertos comunitarios, ya que su intención es generar una política de suelo e integración so- cial, protegiendo los espacios rurales y promo- viendo la reutilización de “suelo vacante em- plazado en lugares centrales de las ciudades”. Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU): opera bajo el marco de la Ley General de Urba- nismo y Construcciones (LGUC) (Decreto con Fuerza de Ley N° 458, 1976; https:// bcn.cl/DJX4sF) : En particular, el artículo 70 establece la obligación de ceder gratuita y obligatoriamente superficies destinadas a circulación, áreas verdes, desarro- llo de actividades deportivas y recreacionales, y equipamiento, conforme a lo dispuesto por la Or- denanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) (Decreto Supremo N° 47, 1992; https://bcn. cl/1nO2O) , precisando que dichas cesiones no po- drán exceder del 44 % de la superficie total del te- rreno original. La pormenorización de este mandato se encuentra desarrollada en el artículo 2.2.5 de la OGUC, que define los criterios de cálculo para de- terminar la extensión de dichas áreas. No obstante, este marco normativo no reconoce explícitamente a los huertos urbanos o comunitarios como parte de las áreas verdes, equipamiento o infraestructura urbana obligatoria. En virtud de esta ley, los muni- cipios deben elaborar un Plan Comunal de Inver- siones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), instrumento que actualmente no incorpora acciones vinculadas a huertos urbanos, pero que constituye una oportunidad institucional clave para su integración como infraestructura de uso comunitario, con impactos en salud, cohesión social y sostenibilidad urbana. Presupuestos Municipales - Directos: Diversas municipalidades financian huertos comu- nitarios canalizados a través de sus departamentos de medio ambiente, desarrollo comunitario o cor- poraciones municipales. Un ejemplo es la comuna de Pudahuel, donde el Centro de Atención Prima- ria Ambiental (CAPA) se financia con recursos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pu- dahuel y desarrolla de manera permanente talleres de huertos, compostaje y educación ambiental (Ex- plora RM Norte, 2014; Municipalidad de Pudahuel, s.f.). Otro caso relevante es el Programa de Huertas Urbanas de la Aldea del Encuentro en la comuna de La Reina, donde la municipalidad sostiene, desde hace más de dos décadas, un programa de huertos urbanos gestionado por la Corporación Aldea del Encuentro (Municipalidad de La Reina, 2022). - Fondos concursables, como el Fondo de Desa- rrollo Económico (FONDEC) de la Municipalidad de Viña del Mar El Fondo financia iniciativas comunitarias, económi- cas y ambientales. La Cuenta Pública 2024 reporta que este fondo destinó 75 millones de pesos a 20 proyectos, entre los que se incluyen huertos urba- nos y talleres de economía circular (Municipalidad de Viña del Mar, 2025). Las Bases FONDEC 2023 confirman expresamente que este tipo de iniciativas es elegible para financiamiento (Municipalidad de Viña del Mar, 2023). Fondos Regionales: Los Gobiernos Regionales financian huertos comu- nitarios a través del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR). Un ejemplo destacado es la Red Piloto de Huertos Urbanos de la Región de Valparaí- so (2024–2025).
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