Pluralismo TV. Medición y análisis del pluralismo en la televisión chilena

Legislación, regulación y políticas públicas sobre pluralismo mediático en Chile – 64 TVN: medios públicos y pluralismo mediático La leyNº 19.132 se refiere al funcionamiento administrativo de la televisión pública TVN. En su artículo 2, modificado por la ley 21.085 en 2018, se refiere a la pro- moción dentro de su programación de valores democráticos, derechos humanos, cultura, educación, la participación ciudadana, la identidad nacional y las identi- dades regionales o locales, la multiculturalidad así como la protección del medio ambiente, la tolerancia y la diversidad. En su artículo 3 originalmente se menciona- ba la obligación de que el pluralismo y la objetividad debían manifestarse en toda su programación; muy especialmente en los noticieros y programas de análisis o debate político. Pero tras la modificación hecha en 2018 la empresa también debe desarrollar un documento denominado “Compromiso para el cumplimiento de la Misión Pública”, término que tiene una definición muy escueta. En consecuencia a TVN se le exige estrictamente el cumplimiento del “correcto funcionamiento” siendo la “Misión Pública” quien deba servir de guía para tal tarea a la hora de poder cumplir con sus orientaciones programáticas. Tales orientaciones de TVN definen al pluralismo como: “...una conducta democrática que permite garantizar oportunidades y respeto para todos los sectores y grupos, asegurándose condiciones de acceso equitativo a TVN. Es también una actitud abierta y ecuánime ante la diversidad de opciones valóricas y opiniones que surgen de la sociedad, cuando ellas se enmarcan en el Estado de Derecho. El pluralismo exige de todos los trabajadores del Canal un comportamiento receptivo frente a los hechos, a las personas y a los grupos, sin exclusiones ni intolerancias” (TVN 2014, p.24). Respecto al propio documento de “Compromiso para el cumplimiento de la Misión Pública” este recalca la importancia del pluralismo al ponerlo como uno de los tres pilares de TVN junto con la autonomía y la objetividad, definiéndolo el documento como un “compromiso ineludible” que consiste en tener como norma “una actitud ecuánime ante la diversidad de opciones valóricas, ideológicas y, en general, la diversidad de opiniones que surgen en la sociedad” (TVN, 2018, p. 13) poniendo también la condición de que esta diversidad de visiones sigan el Estado de Derecho. El pluralismo también se aplica respecto de la composición del directorio, que tiene la obligación legal de asegurar la paridad de género (“paritario en cuanto a sexo”, señala el articulado). Respecto a la relación de TVN con el Estado, se indica que el canal se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio

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