Dispositivo de extensión: "Base conceptual y normativa para la gestión del riesgo y la mitigación de amenazas en viviendas y su entorno"
16 sente con una severidad su ciente para causar pérdida de vi - das, lesiones u otros impactos en la salud, así como también daños y pérdidas en los bienes, la infraestructura, los medios de sustento, la prestación de servicios y los recursos ambien- tales”. La distinción entre amenazas naturales y amenaza antropogénicas se puede entender en el cuadro siguiente: AMENAZAS NATURALES: • Geológicas • Meteorológicas • Hidrológicas • Climatológicas • Biológicas • Extraterrestres AMENAZAS ANTRÓPICAS O CAUSADAS POR EL HOMBRE: • Accidentes industriales • Incendios forestales • Incendios estructurales • EXPOSICIÓN: Tiempo o intensidad en que un sujeto, objeto o sistema queda expuesto o en contacto con una amenaza. En otras palabras, siendo el riesgo una combinación de la amena- za y la vulnerabilidad, éste puede ser mayor en función de la exposición a dicho riesgo. • EMERGENCIA evento, o la inminencia de éste, que altere el funcionamiento de una comunidad debido a la manifesta- ción de una amenaza de origen natural o antrópico, que in - teracciona con las condiciones de exposición, vulnerabilidad y capacidad de afrontamiento, ocasionando una o más de las siguientes afectaciones: pérdidas, impactos humanos, mate- riales, económicos o ambientales. La Ley 21.364 define Niveles de emergencia: menor, mayor, desastre y catástrofe. • VULNERABILIDAD: Factor de riesgo interno de un sujeto, ob- jeto o sistema expuesto a una amenaza que corresponde a su disposición intrínseca a ser dañado. La Ley 21.364 la define como aquellas condiciones determina - das por factores o procesos físicos, sociales, institucionales, económicos o ambientales que aumentan la susceptibilidad de una persona, una comunidad, los bienes, infraestructuras o servicios, a los efectos de las amenazas. Según la Ley 1523 de 2012 de Colombia, se define la vulnerabi - lidad como “susceptibilidad o fragilidad física, económica, so - Ley 21.364 define Niveles de emergencia: menor, mayor, desastre y catástrofe. Ley 1523 Colombia
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