Nueva educación pública: evidencia para los desafíos de futuro

268 subvencionado a niños de 0 a 3 años, algo que contrasta con la mayoría de los países, donde la educaci n para este rango etario suele ser costosa y de difícil acceso (Pardo y Opazo, 2024). Sin embargo, a pesar de estos avances, persisten importantes desafíos relacionados con la equidad en el financiamiento, la calidad educativa y la implementación de políticas públicas que garanticen oportunidades de aprendizaje inclusivas y sostenibles desde la primera infancia. La fragmentación institucional en la educación parvularia chilena se refleja en la coexistencia de múltiples instituciones proveedoras de servicios educativos, cada una con regulaciones, estándares y mecanismos de financiamiento distintos (Poblete Núñez y Falabella, 2020). Esta dispersión dificulta la articulación de un sistema educativo cohesionado, lo que impacta negativamente la calidad y equidad del nivel. Por ejemplo, las diferencias en la dotación docente, la infraestructura, y los mecanismos de acompañamiento pedag gico generan disparidades significativas en la experiencia educativa de los niños y niñas, dependiendo de la institución a la que asistan. Además, la falta de una visión sistémica ha perpetuado condiciones desiguales que limitan el potencial de la educaci n parvularia para igualar oportunidades desde la primera infancia (Adlerstein y Pardo, 2017). En Chile, los establecimientos municipales y particulares subvencionados se financian principalmente a través de la subvenci n escolar, cuyo monto depende directamente de laasistenciade losniños. Por otro lado, los jardines infantiles administrados por JUNJI e Integra reciben aportes fijos, aunque existen diferencias significativas en los montos asignados a cada institución. En contraste, los jardines infantiles bajo la modalidad de Vía Transferencia de Fondos (VTF) y los Convenios de Administración Delegada (CAD) dependen de una subvenci n por asistencia otorgada por JUNJI o Integra, según corresponda. La inequidad en los esquemas de financiamiento entre los distintos tipos de provisión de educación parvularia, especialmente entre los jardines administrados directamente por JUNJI y aquellos bajo la modalidad VTF, representa un desafío estructural de gran relevancia (Opazo y Poblete Núñez, 2024). Estas disparidades en los montos y los criterios de distribución afectan la sostenibilidad de los servicios. En el caso de los establecimientos municipales y particulares subvencionados, esta situación se ve agravada por la inestabilidad financiera derivada del bajo promedio de asistencia anual en educaci n parvularia (aproximadamente 70%), el cual no alcanza el 75% exigido para recibir el total de la subvención (Adlerstein y Pardo, 2019). Nueva Educación Pública y educación parvularia Al momento de diseñar el proyecto de ley de la NEP, existió un intenso debate entre los actores políticos, sociales y gremiales sobre el lugar de la educaci n parvularia en esta reforma. Si bien existía consenso en la necesidad de transferir los jardines infantiles VTF desde el sistema municipal, surgieron desacuerdos sobre si debían ser absorbidos por los SLEP o permanecer bajo JUNJI e Integra (Bellei et al., 2018). Algunos actores señalaron que la NEP no resolvería la insuficiencia de recursos financieros para equiparar los coeficientes técnicos al resto de la provisión pública y advirtieron sobre el riesgo de escolarizaci n de los párvulos. Finalmente, con el respaldo de argumentos académicos y gubernamentales que destacaron la necesidad de un sistema integrado y de asegurar trayectorias educativas completas, se aprobó la integración de los jardines VTF a los nuevos SLEP (Bellei et al., 2018, pp. 102–103). La Ley 21.040 (Chile, 2017) en su artículo 17, indica que los SLEP deben velar por la calidad, la mejora continua y la equidad del servicio educativo, proporcionando respaldo técnico-pedagógico y apoyo en la gestión de los establecimientos bajo su responsabilidad. Se espera, por tanto, que se considere en ello los proyectos educativos institucionales de los establecimientos, las necesidades específicas de cada comunidadeducativa, las características de los estudiantes y las particularidades del territorio. Se compromete, además, a respetar la autonomía de los establecimientos educativos, contribuyendo al desarrollo de sus proyectos educativos y planes de mejora. En el artículo 20 se indica que los SLEP apoyarán las labores administrativas de los establecimientos educacionales, para lo cual podrá, entre otras medidas, destinar personal o asegurar que los equipos directivos de los establecimientos cuenten con apoyo especializado en tales labores, teniendo en cuenta los niveles educativos que imparten, la matrícula y características de sus estudiantes, entre otros criterios. Dada la relevancia estratégica que tiene para el país una reforma de esta envergadura, la política ha considerado una serie de evaluaciones del proceso de implementaci n. Se ha conformado una comisión de evaluación de la

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