Nueva educación pública: evidencia para los desafíos de futuro

Capítulo 10: La presencia de la perspectiva de género en la Nueva Educación Pública en Chile. 207 El cuadro presenta los hallazgos que dan cuenta, en primer lugar, que la presencia de la perspectiva de género en la Ley 21.040 del año 2017 que CREA EL SISTEMA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, en la que destaca en su artículo n°5, referido a los principios del sistema, señala explícitamente, f) Proyectos educativos inclusivos, laicos y de formación ciudadana. El Sistema debe favorecer la expresión y valoración de las diferencias entre los estudiantes y sus particularidades. Para ello, deberá asegurar, a lo largo de toda la trayectoria educativa, un trato no discriminatorio, en términos sociales, étnicos, religiosos, políticos, de género o de cualquier otro tipo que atente contra la igualdad de derechos y de oportunidades (Art. N°5). Inciso que mandata que dentro de sus principios esta impulsar y sostener proyectos educativos inclusivos, laicos y de formación ciudadana, que eviten la discriminación y que atente contra la igualdad de derechos y oportunidades, incluyendo el abordaje de la discriminación por razón de género. Por lo cual, desde la normativa se incorpora la perspectiva de género con la finalidad de alterar la reproducción del orden sexual desigual (Lamas, 2013), que en muchos casos genera trato discriminatorio por, entre otros, la condici n de género. Segundo, también es importante destacar el documento “Primera Estrategia Nacional de Educaci n Pública 2020- 2028”, desde su presentación aborda la búsqueda demayor equidad y oportunidades donde aspectos como el género no debieran ser determinantes, junto con refrendar el compromiso de la Educación Pública con impulsar políticas nacionales de inclusi n en grupos de especial atenci n como primera infancia, género y otros, promoviendo la inversión temprana al considerar que las primeras experiencias permiten romper el círculo de la pobreza con la finalidad de avanzar hacia un país más justo. Asimismo, incorpora dentro de los objetivos estratégicos y sus líneas de acción, la implementación de una gestión curricular inclusiva, equitativa que, junto con mejorar la equidad y la calidad del servicio educativo, disminuya las brechas de género. Tercero, otro documento orientativo que plantea la incorporación del enfoque de género y más aún, su integración y transversalización de la perspectiva de género para disminuir y/o eliminar las brechas de género, es el perfil para Directoras y Directores de SLEP, quienes deben asumir la responsabilidad de dirigirlos con la finalidad de alcanzar las metas y objetivos estratégicos de la Nueva Educación Pública. Sujetos claves a la hora de problematizar aspectos que sostienen la desigualdad en torno al orden sexual desde sus territorios y proponer alternativas para su erradicación. Segundo nivel de análisis: Planes Estratégicos Locales de los SLEP Por otra parte, para indagar en la planeaci n e implementación de esta importante política educativa a implementar desde diferentes territorios del país, y tal como fue descrito en el diseñometodológico, se profundizó en los Planes Estratégicos Locales (PEL) de algunos de los Servicios ya en funcionamiento. Para lo cual es pertinente caracterizar y describir los componentes de dichos planes, lo cual se encuentra estipulado por la Ley. Dichos planes se caracterizan por tener una duraci n de seis años desde su aprobación, cuyo objetivo será el desarrollo de la educación pública y la mejora permanente de la calidad de éste en el territorio respectivo. Será elaborado por quien asuma la Dirección Ejecutiva y aprobado por el Comité Directivo Local. Para responder a la segunda pregunta de investigación ¿hay presencia de perspectiva de género en los Planes Estratégicos Locales de los SLEP?. El cuadro que se presenta a continuación, da cuenta de una revisión de la presencia - o no - de la perspectiva de género (menciones de palabras claves) en cada uno de los PEL revisados de los 6 SLEP seleccionados y a su vez de donde se presentan las palabras claves.

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