Mutaciones del patrimonio arquitectónico de Santiago de Chile. Una revisión del centro histórico
ALAMEDA NORTE Alameda/ Norte-Sur/ San Antonio/ Parque Forestal La fl exibilidad legislativa propicia la densifi.cación y, con ello, la irreversible pérdida de aquellos exponentes arquitectónicos de valor no sujetos a protección. Algunos ejemplos más recientes, no registrados aún, forman parte de la nómina de los inmuebles candidatos a la extinción. Se acepta que el sistema de agrupamiento sea aislado, pareado o continuo; que la ocupación del suelo sea total y que la altura pueda fluctuar entre los 9 y los 41,5 metros. Estas medidas, desde luego, conducen al camino más seguro para conseguir la desintegra- ción del tejido. La revitalización del casco histórico, por ende, se logrará a costa de resignar sus propios valores arquitectónicos y urbanos y, lo que es peor, a costa de renegar de su propia historia. Nuevos y atractivos usos -consonantes con la era contemporánea- se entronizarán en el núcleo fundacional, se obliterarán las degradantes caries y la ciudad se sembrará de luces para prolongar la vida en horas de la noche. Pero el centro ya será otro, cada vez más irreco- nocible, cada vez más distante de aquel que porfiadamente pugna por aflorar a la memoria. CERCA DE LA BOLSA DE COMERCIO El corazón financiero de la ciudad también, por fortuna, está controlado por una norma- tiva particular. En el Plan Regulador de Santiago se identifica como el Sector Especial A6, dentro de la Zona A (Zona Típica "Sector de las calles Nueva York, La Bolsa y Club de la Unión, incluyendo la Casa Central de la Universidad de Chile") 17 . Aunque existe un celo por evitar el menoscabo de los más logrados fragmentos de la ciudad, se sabe que nunca es suficiente cuando de por medio hay un cierto grado de subjetividad en las decisiones arquitectónicas. ¿Cómo morigerar los desaciertos estéticos, cuando escasea la sensibilidad de los profesionales responsables de los proyectos? Dentro del marco legal, sin embargo, se imponen alentadoras disposiciones: • Solo se autorizará el cambio de destino para usos de Equipamiento de Servicios, Edu- cación, Comercio y/o Esparcimiento. • En el caso de la demolición de un inmueble declarado Monumento Histórico, la nue- va edificación que se proyecte deberá conservar la misma altura y volumetría que el inmueble precedente, cualesquiera sean las alturas mínimas o máximas establecidas para la respectiva zona o sector. • En los sectores aledaños y en los solares colindantes -laterales y posteriores a inmue- bles declarados Monumentos Históricos o de Conservación Histórica-, las nuevas 1' Vicente Gámez y Galith Navarro, La transfonnación del paisaje metropolitano y la idea de cinturón verde en el Plan Regulador Intercomunal de Santiago ( 1960-1994). Enunciado del proyecto+ Reformulación metodológica, Santiago, 2003. 328
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