Historia de la Extensión en la Universidad de Chile 1842-2022. Compromiso con la sociedad

82 historia de la extensión en la universidad de chile Además de la función docente, la Universidad propenderá al constante perfeccionamiento de su enseñanza y de la cultura general de la Nación, estableciendo para ello trabajos de extensión universitaria por medio de los cursos que a continuación se indican: a) Cursos libres; b) Cursos post-gra- duados; c) Conferencias dentro y fuera de la Universidad; d) Seminarios, trabajos de investigación científica y publicaciones. En los artículos 54 al 59 se otorgaban lineamientos complementarios para la organización de estos cuatro tipos de actividades de extensión universitaria. Los cursos libres podían ser dictados por profesores univer- sitarios o profesionales ajenos a la universidad, siempre que fueran autori- zados por la facultad respectiva. Los cursos postgraduados solo podían ser organizados por profesores universitarios sobre temáticas relacionadas con sus cátedras y también debían ser aprobados por la facultad. Ambos cursos contaron con certificados de asistencia otorgados por los respectivos deca- nos, los que carecieron de validez para la obtención de títulos universitarios. En relación a las conferencias, se indica en el artículo 57: El Rector de la Universidad, organizará periódicamente conferencias con fines educativos o de divulgación científica. Estas conferencias serán dic- tadas por el personal docente de la Universidad, por miembros destacados del foro, del cuerpo médico y demás profesiones liberales o de especialida- des científicas. Con igual fin, el Rector invitará a aquellas personalidades extranjeras que por sus antecedentes y prestigio garanticen el éxito y la utilidad de sus disertaciones. Podrán ocupar asimismo, la tribuna universi- taria, con autorización del decano respectivo, los estudiantes de las distintas Facultades, que por sus condiciones de preparación estén capacitados para abordar temas de verdadero interés científico. De esta manera, se reconocía el objetivo de las conferencias en sentido amplio (fines educativos o divulgación científica), quién podía organizarlas (no solo miembros de la universidad, con énfasis en personalidades extran- jeras) y con un espacio limitado para los estudiantes (previa autorización del decano, capacitados y en temas de «verdadero interés científico»). Con respecto a los seminarios, el artículo 58 señala que serán orien- tados a los estudiantes que realicen trabajos prácticos o investigaciones

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