Historia de la Extensión en la Universidad de Chile 1842-2022. Compromiso con la sociedad

81 primeros pasos de la extensión universitaria veremos en el siguiente capítulo, estaba en un proceso de estructuración propio. Entre los decretos de reforma de abril y diciembre de 1927, y como respuesta a las presiones por una reforma universitaria, el gobierno dictó el Decreto con Fuerza de Ley 4.926, promulgado el 29 de agosto de 1927 140 . Este presenta un nuevo estatuto orgánico para la Universidad de Chile y constituye el primer registro de institucionalización de la extensión univer- sitaria. La presencia de esta labor es limitada a dos ámbitos. Por un lado, el artículo 13, numeral 13, indicaba que es labor de los decanos «estimular la cooperación a la extensión universitaria». Por otro lado, bajo el título de Disposiciones Generales, el artículo 32 mandataba a las escuelas la creación de Comité Mixto de Progreso Educacional, conformado por profesores y alumnos elegidos por cada estamento. La función de este comité era, de acuerdo al artículo 33: considerar y proponer a la Facultad respectiva todo lo que diga relación con la cultura física y artística, la extensión cultural, las actividades de orden social, y en general, todo lo que se relaciona con la buena marcha, moralidad y progreso de la Escuela, el bienestar de los alumnos y el per- feccionamiento de la enseñanza. El Decreto con Fuerza de Ley 4.926, sin embargo, no prosperó por mucho tiempo. El 4 de noviembre de 1929, el ministro de Educación Ma- riano Navarrete creó un nuevo estatuto para la enseñanza universitaria mediante el Decreto 4.807 141 . A diferencia de los decretos anteriores, el nuevo estatuto comenzaba proponiendo una misión para la Universidad de Chile. En su artículo 1, junto con decretar su carácter autónomo, se in- dicaba que la universidad «tiene a su cargo el cultivo y la enseñanza de las Ciencias y de las Letras». En relación a la extensión universitaria, esta vuelve a aparecer como una actividad que le corresponde a las facultades proveer. Sin embargo, lo más destacable es que por primera vez se incluyó un artículo exclusivo dedicado a la extensión universitaria. Bajo el apartado I) del título segundo, relacionado con la organización de la universidad, el artículo 53 indica: 140 Ministerio de Instrucción Pública, «Decreto con Fuerza de Ley 4926» (1927). 141 Ministerio de Educación Pública, «Decreto 4807. Estatuto Orgánico de la Ense- ñanza Universitaria» (1929).

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