Núcleos I+D+I: Del Estado del Arte a la Agenda Pública

Sistemas Territoriales Complejos (SITEC) 56 56 Las recomendaciones se orientan en la Ley Nro. 19.418, que regula las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias en Chile. Esta ley define su constitución, organización, funciones y financiamiento, promoviendo la participación ciudadana en el desarrollo local. Su objetivo es fortalecer la vida comunitaria, fomentar la cooperación con losmunicipiosygarantizar larepresentación democrática de las personas en sus territorios (Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, 1996). De forma complementaria, se consideran ajustes a la Ley Nro. 20.500, que promueve la participación ciudadana en la gestión pública y regula los mecanismos mediante los cuales la ciudadanía puede incidir en decisiones estatales, como consultas, consejos y acceso a información. Esta normativa fortalece la transparencia, la asociatividad y la colaboración entre la sociedad civil y los órganos públicos (Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, 2011). Bajo este marco normativo, las recomendaciones proponen incorporar el concepto de autonomía desde un enfoque sistémico, incentivando la participación comunitaria. A medida que las organizaciones adquieren nuevas capacidades, pueden avanzar hacia mayores niveles de autonomía, pasando de una participación pasiva a la gestión activa de recursos y proyectos (Gonzáles, 2014). La autonomía sistémica es un proceso gradual, dependiente de las capacidades de cada organización y de las condiciones contextuales en que operan (Luhmann, 1997). Se concibe como un atributo de los sistemas sociales: aunque operativamente cerrados, son abiertos cognitivamente, lo que les permite aprender y adaptarse a su entorno. GRUPOSOBJETIVOSYRECOMENDACIONES: 1. Legisladores y Congreso Nacional: actualizar la Ley Nro. 19.418 para incorporar medidas que faciliten la autogestión de las organizaciones comunitarias, incluyendo la administración autónoma de recursos y la toma de decisiones sin dependencia de institucional. Esto puede lograrse mediante mecanismos flexibles que permitan gestionar fondos y recursos propios. 2. Municipios y organismos locales: redefinir el rol del municipio frente a las organizaciones comunitarias, transitando de un modelo de supervisión y control a uno de facilitación o intermediación, orientado al fortalecimiento de las capacidades internas. RECOMENDACIONES ADICIONALES: 1. Incorporar un nuevo capítulo en la ley Nro. 19.418 que establezca los principios de la autonomía sistémica, reconociendo a las organizaciones como sistemas sociales autónomos, capaces de adaptarse y autogestionarse. Este capítulo debe permitir gestionar fondos y recursos propios, y asumir un rol central en la toma de decisiones, evitando la dependencia del aparato estatal. 2. Desarrollar programas de formación continua para líderes y miembros de las organizaciones, fortaleciendo sus capacidades en incidencia, gestión de proyectos y administración de recursos. 3. Implementar mecanismos de evaluación participativa que permitan medir el nivel de autonomía y la efectividad de la intervención municipal, con indicadores sobre Recomendaciones específicas para la política pública

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