Las responsabilidades de los Estados frente a la crisis climática. Litigios globales y derecho internacional
553 El deber de proteger el valor intrínseco de la Naturaleza En la primera sentencia, la Corte reconoció a los ríos Ganges y Yamuna con estatus de persona, “al servicio de las necesidades y la fe de la sociedad”. La Corte consideró que la población hindú está profundamente conectada con los ríos, los cuales han brindado sustento físico y espiritual a la mitad de la población de India desde tiempos inmemoriales. Garantizan el bienestar físico y espiritual de las comunidades por las que fluyen, desde las montañas hasta el mar. Son definidos como entidades vivas. En la segunda sentencia, la Corte profundiza más detalladamen- te en la relación ecosistémica entre seres humanos y Naturaleza. El aspecto ecológico se eleva por encima del cultural, que aún está presente en las referencias a la veneración de los árboles como sím- bolos de deidades tanto en la religión hindú como en la filosofía bu- dista. La Corte declara abiertamente su adhesión a la nueva filosofía de la Tierra: “Los tribunales tienen el deber de proteger la ecología ambiental bajo la ‘Nueva Jurisprudencia de Justicia Ambiental’”. No solo reconoce que los ríos y lagos tienen un derecho intrínseco a no ser contaminados, sino que también equipara el daño a las personas con el daño a la naturaleza (“Contaminar y dañar los ríos, bosques, lagos, cuerpos de agua, aire y glaciares será legalmente equivalente a dañar, herir y causar lesiones a las personas”). Final- mente, el estatuto de derechos reconocido a las entidades naturales sigue, casi literalmente, el artículo 71 de la Constitución ecuato- riana: “Los ríos, bosques, lagos, cuerpos de agua, aire, glaciares y manantiales tienen derecho a existir, persistir, mantenerse, soste- nerse y regenerar sus propios sistemas ecológicos vitales. Los ríos no son sólo cuerpos de agua. Son científica y biológicamente seres vivos”, y poco después: “Debemos reconocer y otorgar derechos le- gales constitucionales a la ‘Madre Tierra’”. Después de todo, el río Ganges es venerado por los hindúes como ‘Ganga Mata’, o Madre Ganga. Las dos sentencias mencionadas fueron apeladas ante la Corte Suprema de la India, que suspendió las órdenes del Tribunal Su- perior el 7 de julio del 2017, rechazando el enfoque ecosistémico adoptado por el Tribunal Superior de Uttarakhand.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=