Las responsabilidades de los Estados frente a la crisis climática. Litigios globales y derecho internacional

486 Susana Borràs-Pentinat ses de efecto invernadero y sus respectivas capacidades económicas y técnicas para abordar estos problemas. No obstante, a pesar de la creciente importancia del concep- to de justicia climática, no siempre se lo ha tenido en cuenta. Sin embargo, la necesidad de determinar las obligaciones climáticas de los Estados a nivel internacional ha informado dos procesos de inte- racción entre los derechos humanos y el cambio climático, a saber: la humanización del régimen climático internacional y la climatiza- ción de los derechos humanos. En cuanto al primer proceso, la humanización del régimen cli- mático internacional, el Preámbulo del Acuerdo de París (2015) 44 reconoce la interconexión entre el cambio climático y diversos de- rechos humanos, como el derecho a la salud, los derechos de los pueblos indígenas, la igualdad de género y el derecho al desarrollo. La climatización de los derechos humanos se produce a través de la comprensión de que un clima seguro es un elemento vital del derecho a un medio ambiente sano y es esencial para la vida y el bienestar humanos. El Relator Especial de la ONU sobre Derechos Humanos y Me- dio Ambiente, en su informe de 2018, enfatizó que los derechos humanos requieren que los Estados establezcan leyes y políticas efectivas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, en consonancia con los principios del marco sobre derechos huma- nos y medio ambiente 45 . En su informe de 2019, el mismo Relator Especial alertó sobre la emergencia climática global, los efectos del cambio climático en el disfrute de los derechos humanos y las obli- gaciones de derechos humanos relacionadas con el cambio climá- tico, destacando la situación de las poblaciones que se encuentran 44 Cit. Supra. 45 Informe del Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible, 24 de enero de 2018, A/HRC/37/59. Disponible en: https://documents.un.org/doc/undoc/gen/g18/017/42/pdf/g1801742.pdf.

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