Las responsabilidades de los Estados frente a la crisis climática. Litigios globales y derecho internacional
399 Responsabilidad internacional de los Estados La responsabilidad histórica y actual de la emergencia climática recae principalmente en los países más ricos; por ello, además de comprometerse a reducir sus propias emisiones, estos países deben prestar un apoyo financiero y técnico decisivo a los países menos desarrollados a través de la cooperación internacional para reducir la vulnerabilidad y los riesgos a los que estos están expuestos 36 . El diseño e implementación de estrategias de adaptación, mitigación y reparación de daños con un enfoque basado en los derechos hu- manos contribuiría tanto a la prevención y mitigación de los posi- bles efectos adversos del cambio climático como al respeto de las obligaciones jurídicas de los Estados, derivadas de diversos instru- mentos climáticos, como la CMNUCC y el Acuerdo de París, y de derechos humanos, como la CADH y su Protocolo Adicional. De lo contrario, se seguirán menoscabando los derechos humanos de las personas afectadas, agravando las injusticias sociales de los menos responsables de la emergencia climática. 6. MECANISMO INTERNACIONAL PARA PÉRDIDAS Y DAÑOS RELACIONADOS CON LOS EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO La referencia a las pérdidas irreversibles y los daños irreparables debidos al cambio climático apareció por primera vez en la política climática desarrollada por los Estados, como parte de las medidas de mitigación y adaptación. Aunque existe consenso entre la comu- nidad internacional de que el cambio climático amenaza el disfrute de múltiples derechos humanos 37 y de que los países insulares o me- 36 Villavicencio-Calzadilla, Paola. 2021. “La mitigación del cambio climático y la justicia climática: Aprender del pasado para mirar al futuro”. En Borràs- Pentinat, Susana y Villavicencio-Calzadilla, Paola (eds.), Justicia climática: Visiones constructivas desde el reconocimiento de la desigualdad. Valencia: Tirant lo Blanch, p. 141. 37 Naciones Unidas. 2016. Report of the Special Rapporteur on the Issue of Hu- man Rights Obligations Relating to the Enjoyment of a Safe, Clean, Healthy
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