Las responsabilidades de los Estados frente a la crisis climática. Litigios globales y derecho internacional
362 Macarena Martinic Cristensen La junta deberá establecer diversas modalidades para facilitar el acceso a los recursos del fondo. Entre ellas se incluirán: (a) apoyo presupuestario directo a los gobiernos nacionales o colaboración con entidades equivalentes a bancos de desarrollo; (b) acceso a tra- vés de entidades subnacionales, nacionales y regionales o en cola- boración con otros fondos acreditados; (c) acceso internacional a través de entidades multilaterales o bilaterales, y (d) pequeñas sub- venciones para apoyar a comunidades, pueblos indígenas y grupos vulnerables, incluida la recuperación tras fenómenos climáticos 40 . Los recursos deben asignarse mediante un sistema que tenga en cuenta las prioridades y necesidades de los países en desarrollo vul- nerables al cambio climático; al mismo tiempo, debe evaluarse la magnitud de los impactos climáticos en los contextos nacionales específicos de las comunidades afectadas. Este sistema evitará una concentración excesiva de la ayuda en determinadas regiones y se basará en los mejores datos disponibles, así como en los conoci- mientos de las comunidades indígenas y vulnerables en materia de cambio climático y en las estimaciones de costos de recuperación de las entidades pertinentes. Además, se garantizará un porcentaje mínimo de asignación para los Países Menos Adelantados (PMA) y los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo PEID 41 . sición. Anexo II. Resolución FCCC/CP/2023/9-FCCC/PA/CMA/2023/9 de 28 de noviembre, parr. 47. Disponible en: https://unfccc.int/docu- ments/632319 . 40 Naciones Unidas. 2023. Operationalization of the New Funding Arrange- ments for Responding to Loss and Damage and the Fund Established in Para- graph 3 of Decisions 2/CP.27 and 2/CMA.4. Informe del Comité de Tran- sición. Anexo II. Resolución FCCC/CP/2023/9-FCCC/PA/CMA/2023/9 de 28 de noviembre, parr. 41. Disponible en: https://unfccc.int/docu- ments/632319 . 41 Naciones Unidas. 2023. Operationalization of the New Funding Arrange- ments for Responding to Loss and Damage and the Fund Established in Para- graph 3 of Decisions 2/CP.27 and 2/CMA.4. Informe del Comité de Tran- sición. Resolución FCCC/CP/2023/9-FCCC/PA/CMA/2023/9 de 28 de noviembre, parr. 60. Disponible en: https://unfccc.int/ documents/632319.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=