Las responsabilidades de los Estados frente a la crisis climática. Litigios globales y derecho internacional
303 Refugiados climáticos y autonomía no territorial ciona una interpretación legal, en lugar de crearla ( ius dicere y no ius dare ). El juez Paul Mahoney define el activismo judicial como una situación en la que “los jueces [modifican] la ley a partir de lo que se ha declarado previamente o se ha establecido como fuentes legales existentes, sustituyendo así las decisiones por la decisión buscada, reemplazando a la legislatura (órganos representativos)” 99 . Según esta definición, el activismo no siempre es negativo. Una Corte puede mejorar la certeza jurídica, proteger la igualdad individual, corregir errores cometidos por otros actores, incluidos los jueces, y, lo que es más relevante para nuestro propósito, arrojar luz so- bre una penumbra fáctica. Así, según una comprensión holística de nuestros sistemas y fundamentos jurídicos, no existen hechos o situaciones ajurídicas, incluso en el caso de los refugiados cli- máticos forzados. Esta definición no está vinculada a un resultado específico, sino que se limita a una forma de legislación inadecuada, fuertemente influenciada por el sistema del derecho consuetudina- rio y la tradición jurídica estadounidense 100 . Estamos de acuerdo con Green cuando señala que el activismo judicial debe definirse como un abuso de poder ejercido fuera de los límites de la función judicial. El activismo judicial implica abuso porque la acción orientada a los resultados representa una extrali- mitación por parte del juez en el ejercicio de sus funciones 101 . Al igual que Green, otras posturas doctrinales vinculan la “acción” y el “resultado” en la definición del activismo judicial. En este sentido, Baxi sostiene que en los casos en que una decisión beneficia a las personas, no puede considerarse activismo judicial. Además, afir- 99 Abat i Ninet, Antoni (2016). “The role of the judiciary in Egypt’s failed tran- sition to democracy.” En: Scheinin, Martin; Krunke, Helle y; Aksenova, Ma- rina (Eds.). Judges as Guardians of Constitutionalism and Human Rights, Cheltenham: Edward Elgar, p. 201-223. 100 Abat i Ninet, Antoni (2014). “L’activisme judiciaire, le prix de la transaction démocratique en Espagne.” Constitutional Forum, (23) 3, p. 20. https://doi. org/10.21991/C99D4D. 101 Green, Craig (2009). “An Intellectual History of Judicial Activism.” Emory Law Journal, (58) 5, p. 1222.
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