Las responsabilidades de los Estados frente a la crisis climática. Litigios globales y derecho internacional
222 José Daniel Rodríguez Orué Este artículo reconoce que, para tener una oportunidad real de enfrentar el cambio climático desde el derecho internacional, se debe disminuir urgentemente la discrecionalidad del Estado para que así los Estados tengan obligaciones claras de mitigación y adap- tación al cambio climático. Como punto de partida, postulo que la debida diligencia es el dispositivo más flexible para permitir la coexistencia y complementariedad entre la diferenciación en el ré- gimen climático y el universalismo en el derecho de los derechos humanos. Por ende, las diferencias en las vulnerabilidades, capaci- dades y contribuciones al problema climático deben ser considera- das para la forma en la que las obligaciones de derechos humanos son implementadas, mas no en cómo los deberes primarios son con- cebidos. En esta línea, el presente artículo atiende al desafío de ofrecer un estándar de debida diligencia coherente, que pueda contribuir a proteger los derechos humanos universales, alcanzar metas climáti- cas y conservar la diferenciación. El argumento es que, integrando las expectativas normativas relevantes de estos tres regímenes, la discrecionalidad del Estado puede ser significativamente limitada de manera fundamentada. Este análisis es particularmente opor- tuno dados los procedimientos de opinión consultiva sobre cambio climático ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) 26 y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) 27 , así como los casos climáticos pendientes ante el Tribunal Europeo de Dere- chos Humanos (TEDH) 28 . 26 República de Colombia y República de Chile, Republic of Colombia and the Republic of Chile, Request for an Advisory Opinion on the Climate Emer- gency and Human Rights, presentada a la Corte IDH (9 de enero 2023). 27 Asamblea General de las Naciones Unidas, “Resolution Requesting an Ad- visory Opinion from the International Court of Justice on the Obligations of States with Respect to Climate Change” (29 de marzo 2023) ONU Doc A/77/L.58. 28 Secretario del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, “Application alle- ging failure to take effective measures to meet climate-change commitments
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