Las responsabilidades de los Estados frente a la crisis climática. Litigios globales y derecho internacional
116 Alana Malinde S. N. Lancaster ambientales 224 . A pesar de estar dirigido a los Estados de América Latina y el Caribe, no es un instrumento interamericano con un mecanismo de solución de controversias que incluya la jurisdicción de la CIJ 225 . Por ello este es un claro punto de intersección entre las opiniones de la Corte IDH y la CIJ, que los respectivos tribunales deberán considerar. En tercer lugar, las preguntas se enfocan en “las obligaciones diferenciadas de los Estados en relación con los derechos de la niñez y las nuevas generaciones ante la emergencia climática” 226 . Este es otro punto de conexión entre las opiniones de la Corte IDH y la CIJ, ya que ambas deberán analizar los impactos de la crisis climática en la infancia como “el grupo más vulnerable a largo plazo” 227 . En cierta medida, la Corte IDH ya ha dado indicios de su enfoque sobre este tema en el caso La Oroya , pero incorporan- 224 Véase Etemire, Uzuazo (2023). “The Escazú Agreement: Public Access to Environmental Information and the Goal of a Sustainable Future,” Journal of Energy & Natural Resources Law 41 (1), pp. 71-91; Etemire, Uzuazo (2023). “Public Voices and Environmental Decisions: The Escazú Agree- ment in Comparative Perspective,” Transnational Environmental Law 12 (1), pp. 175-199; López-Cubillos, Sofía, et al. (2022). “The Landmark Escazú Agreement: An Opportunity to Integrate Democracy, Human Rights, and Transboundary Conservation.” Conservation Letters 15(1), p. e12838; Stec, Stephen, y Jerzy Jendro ś ka, (2019). “The Escazú Agreement and the Regio- nal Approach to Rio Principle 10: Process, Innovation, and Shortcomings.” Journal of Environmental Law 31(3), pp. 533-545; Pánovics, Attila (2021). “The Escazú Agreement and the Protection of Environmental Humn Rights Defenders.” Pecs Journal of International and European Law, p. 23; De Silva, Lalanath, (2018). “Escazú Agreement 2018: A Landmark for the LAC Re- gion.” Chinese Journal of Environmental Law 2(1), pp. 93-98. 225 Acuerdo de Escazú, Artículo 19. 226 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Request for an Advisory Opi- nion on the Climate Emergency and Human Rights Submitted to the Inter- American Court of Human Rights by the Republic of Colombia and the Re- public of Chile, 9 de enero de 2023, p. 10. 227 Véase Corte Internacional de Justicia, Request for an Advisory Opinion, Obligations of States in Respect of Climate Change, 29 de marzo de 2023, Preguntas, Párrafo (a), (b), (ii).
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