Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas

11 Págs. 3 - 28 1. EL DERECHO HUMANO ALAGUA: UNAMIRADA DESDE LA ÉTICAAMBIENTAL C apítulo I: M edio ambiente y derechos humanos 3) Estas preocupaciones morales se centran en seres humanos, ya que todos ellos y solo ellos tienen derechos humanos y la consiguiente condición moral especial asociada a esto. 4) En lo que respecta a estas preocupaciones morales, todos los se- res humanos están en idéntica condición: poseen exactamente los mismos derechos humanos, y la importancia moral de estos y de su cumplimiento no varía según de quién sean los derechos humanos en juego. 5) Los derechos humanos expresan preocupaciones morales que son irrestrictas, esto es, que deben ser respetadas por todos los agentes humanos, independientemente de su época, cultura, religión, tradi- ción moral o filosofía particulares. 6) Estos intereses humanos son ampliamente compartibles, es decir, capaces de ser entendidos y apreciados por personas de diferentes épocas y culturas, como también por adeptos a una variedad de reli- giones, tradiciones morales y filosofías. Quizá, de esta lista de elementos no encontremos nada especial en cuanto al entendimiento general sobre los derechos humanos, sin embargo, el derecho humano al agua posee una característica que no ha estado regis- trada en la consolidación de los otros derechos humanos, y es que el agua es un elemento natural o perteneciente a los ecosistemas. El resto de los derechos humanos obedece a creaciones sociales que buscan resguardar la dignidad con la que nos reconocemos individualmente o colectivamente como personas (el trabajo, la salud, la educación o un medio ambiente sano para nosotros). Estos derechos no consideran elementos más allá de activi- dades o cuestiones humanas, entendiendo que de todas formas puedan ver- se vinculados ocasionalmente con un espacio o elemento determinado para su cumplimiento, como un terreno para la vivienda o los insumos médicos creados desde elementos naturales que resguarden la salud. Ahora bien, el agua, si bien es indispensable para la vida de cada per- sona, no es un elemento exclusivamente indispensable para la vida y la dignidad humana. El agua es necesaria para la vida en la tierra y, por ende, comprende no solo las necesidades humanas, sino que las del resto de los seres vivos, del funcionamiento de los ecosistemas y del mantenimiento de ciclos naturales, entre otros puntos. Por lo que dar un estatus superior a las necesidades humanas sobre el resto de las necesidades y ciclos vitales es

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