Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas
10 Págs. 3 - 28 C apítulo I: M edio ambiente y derechos humanos ANDRÉS PINTO ESPINOSA a discutirse cosas respecto al valor que otorgamos a la naturaleza y a la posición que el ser humano tiene en ella o respecto a ella. Por supuesto que el paradigma liberal y racionalista sigue presente en la actualidad, y es por eso, quizá, por lo que la crisis sigue profundizándose; pero hoy en día existe cierta posibilidad de que esto pueda dar un giro no solo con bases técnicas y científicas, sino que, sobre todo, por un cambio de paradigmas éticos, de sociedad, de cómo nos entendemos posicionados en este planeta. 1.3. Derecho humano al agua. Algunas especificaciones El derecho humano al agua se entiende como tal por las especificidades propias de este elemento y su relación con la vida. Así, G arcía señala que “si el agua constituye un recurso indispensable para la vida, los derechos sobre el agua deberían entenderse como auténticos derechos naturales” 22 , entendiendo estos como derechos que van más allá del positivismo; dere- chos que tienen que ver con la esencia del ser humano y que no obedecen a un acuerdo social. Así, A ristóteles señala que “la justicia política puede ser natural y legal; natural, la que tiene en todas partes la misma fuerza y no está sujeta al parecer humano; legal, la que considera las acciones en su origen indiferentes, pero que cesan de serlo una vez que han sido estable- cidas” 23 . En este sentido, el derecho humano al agua, considerado desde la lógica de un derecho natural basado en un elemento vital, se asume como un derecho humano universal de las personas 24 . Dicho lo anterior, cabe atender a lo que señala P ogge en cuanto a los elementos centrales de los derechos humanos 25 : 1) Los derechos humanos expresan preocupaciones morales últimas: las personas tienen un deber moral de respetar los derechos huma- nos; un deber que no se deriva de un deber moral más general de observar instrumentos legales nacionales o internacionales. 2) Los derechos humanos expresan preocupaciones morales de peso, que normalmente prevalecen sobre otras consideraciones normativas. 22 G arcía (2008 ), p. 19. 23 A ristóteles (1993), p. 254. 24 G arcía (2008 ), p. 19. 25 P ogge (2000) , p. 2.
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