Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas

384 RAFAEL PLAZA REVECO Págs. 381 - 441 C apítulo IV: L ecciones comparadas sobre la regulación de las aguas máticas e hidrológicas asimilables a las de ciertas partes de nuestro terri- torio norte y central y han sobrellevado bien sequías y racionamientos. Por otro lado, los casos de Sudáfrica y México resultan de gran interés, pues ambos han debido lidiar de manera más o menos recurrente con el ra- cionamiento urbano en ciudades de alta densidad poblacional (Ciudad de México, SACMEX) y problemas de desigualdad (Ciudad del Cabo, Water Shortage South Africa). Por lo anterior, este trabajo pretende contribuir con ideas a las autori- dades competentes para precaver, responsablemente, el desabastecimiento de agua en las grandes ciudades de la zona central del país y en que reside gran parte de la población. 13.2. Desarrollo El objetivo general de esta investigación es analizar los efectos de la escasez hídrica que afecta al país; mientras que su objetivo específico es contribuir con ideas de política pública para precaver el desabastecimiento de agua en la zona central. Este título examina, primero, las modificacio- nes relevantes introducidas por la última reforma al Código de Aguas, y, luego, el escenario fáctico y el marco de políticas públicas sobre recursos hídricos en la zona de interés. A) Reformas al Código de Aguas relevantes al racionamiento El escenario potencial de racionamiento que presentó la introduc- ción debe ser opuesto a los mecanismos jurídicos actuales que permitan conjurarlo en la medida de lo posible, o, al menos, diferirlo indefinida- mente. En el marco normativo vigente, son cuatro los principios jurídicos que permiten un análisis fundamental del escenario de racionamiento: el reco- nocimiento del derecho al acceso al agua potable y el saneamiento como derecho humano, el principio de prioridad de usos de las aguas, el de inte- rés público y un principio de consideración multifactorial (geográfico, cli- mático, de disponibilidad de recursos hídricos y situacional a cada cuen- ca) que permite limitar el ejercicio de los derechos de aprovechamiento de aguas (DAA) o redistribuirlas.

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