Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas

Págs. 359 - 378 374 AGUSTÍN WALKER DEL RÍO C apítulo III: G obernanza de las aguas y usos productivos 1) Incorporación del agua de mar al Código de Aguas y creación del Derecho de Aprovechamiento de Agua de Mar (DAAM): El Código de Aguas y el marco jurídico que lo rodea acumula más de doscientos años de experiencia normativa en materia de aguas y ya regula gran parte de los desafíos que una normativa específica de estas características debiera prever: se refiere a los tipos de uso; esta- blece un procedimiento de otorgamiento, de aprobación de obras, un procedimiento de fiscalización con sus respectivas sanciones; con- templa instituciones tan relevantes como las servidumbres forzosas, y cuenta, además, con la Dirección General de Aguas, órgano técni- co especialista en la materia que administra todo el sistema. Este trabajo no tiene la ambición de identificar cada uno de los com- ponentes que debieran incorporarse al Código de Aguas para que el agua de mar quede amparada en forma armónica y suficiente, sin embargo, hay algunos conceptos fundamentales para que cualquier iniciativa de esas características cumpla el objetivo deseado: a) Incorporación del agua de mar al Código de Aguas mediante la modificación del artículo 1° del Código de Aguas. El artículo 1° del Código de Aguas señala: “Las aguas se dividen en marítimas y terrestres. Las disposiciones de este Código sólo se aplican a las aguas terrestres”. Se debería reemplazar la frase “sólo se aplican a las aguas te- rrestres” por “se aplican a ambas”. b) Creación del Derecho de Aprovechamiento de Agua de Mar como mecanismo único de autorización administrativa para la extracción de agua de mar para cualquier fin. c) Establecimiento de un procedimiento simplificado de otorga- miento del DAAM . En este punto, es fundamental no caer en la tentación de sobrerregular el otorgamiento de un recurso cuya disponibilidad es prácticamente infinita. El procedimiento administrativo que regula hoy el uso del agua continental tiene como principal finalidad administrar la esca- sez; cumple una serie de requisitos de publicidad; previene per- juicios a terceros; da plazo a otros interesados para solicitar las

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