Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas
325 10. APROXIMACIÓN ESTRATÉGICA PARA IMPLEMENTAR UNA TRANSFORMACIÓN... Págs. 309 - 336 C apítulo III: G obernanza de las aguas y usos productivos función ya se encuentra cubierta con la elaboración de los planes estraté- gicos de recursos hídricos en cuencas que, como se ha revisado, conforme con la LMCC, deben realizar diversos ministerios y los CORECC respec- tivos. En consecuencia, al restarse la elaboración de planes de gestión de recursos hídricos de las funciones de los nuevos consejos de cuenca, su gravitación dentro del modelo institucional de gobernanza de los recursos hídricos se merma considerablemente, máxime atendido a que su compo- sición multiactor justamente apunta a que los distintos intereses presentes en la cuenca dispongan de una instancia para debatir y planificar la gestión de los recursos hídricos. En este escenario, en una primera fase de tránsito hacia una nueva go- bernanza de los recursos hídricos, no resulta conducente priorizar la crea- ción de más de un centenar de nuevas entidades, sino reforzar el rol que tendrán los GORES en el ejercicio de sus competencias establecidas en la LOCGAR, así como a través de los CORECC en el diseño de los nuevos planes estratégicos de recursos hídricos en cuencas creados por la LMCC. Lo anterior, pues en dicha instancia materializará la planificación de las intervenciones en las cuencas, lo que no obsta a la creación de organiza- ciones por región, agrupación de regiones o a una escala mayor a la de cuenca, que siendo integrada por todos los sectores relacionados al uso del agua en un conjunto de cuencas, tenga una intervención, más allá de la que se pueda generar a partir de los CORECC, en el diseño de dichos planes estratégicos de recursos hídricos en cuencas. En efecto, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3° y 111 de la Constitución Política de la República, en la escala regional, la adminis- tración superior queda radicada en el Gobierno Regional (GORE), órgano descentralizado que tiene como objeto y mandato el desarrollo social, cul- tural y económico de dichas áreas del territorio. Para ello, cuenta con atri- buciones generales para gestionar el ordenamiento del territorio, entre las cuales deben elaborar e implementar los planes regionales de ordenamien- to territorial (PROT). Conforme el artículo 17 de la LOCGAR, se definen como “un instrumento que orienta la utilización del territorio de la región para lograr su desarrollo sustentable a través de lineamientos estratégicos y una macro zonificación de dicho territorio” 43 . 43 El PROT estará conformado, al menos, por los siguientes documentos: a) Una memoria que contendrá :
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