Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas
239 8. ANÁLISIS DE LAS BRECHAS E INICIATIVAS HÍDRICAS PROPUESTAS EN LOS PLANES... Págs. 227 - 268 C apítulo III: G obernanza de las aguas y usos productivos 6. Adicionalmente, en el evento de que se hayan establecido en la cuenca los planes de manejo a los que hace referencia el artículo 42 de la ley N° 19.300, deberán incorporarse al respectivo Plan Estratégico de Recursos Hídricos”. Estas consideraciones incorporan nuevas directrices para cada uno de los componentes descritos anteriormente, donde destacan la prioridad al consumo humano, la protección del medio ambiente, la definición de ac- ciones específicas como soluciones basadas en la naturaleza y nuevas fuen- tes de agua, entre otros. e. El concepto de soluciones basadas en la naturaleza (SBN) Por último, respecto a las “soluciones basadas en la naturaleza”, es un concepto relevante de analizar, ya que debe ser considerado en la realiza- ción de los PEGH y PERH, pero no existe una definición clara del mismo. El concepto se presenta en la letra e) del artículo 13 de la Ley Marco de Cambio Climático, el cual describe los aspectos importantes a destacar en el desarrollo de los PERH. Si bien la ley no define el concepto, sí entrega ejemplos de este tipo de soluciones: “[...] con énfasis en soluciones basadas en la naturaleza, tales como la restaura- ción o conservación de humedales, riberas, bosque nativo, prácticas sustenta- bles agrícolas, así como las mejores técnicas disponibles para la desalinización de agua de mar, la reutilización de aguas grises y servidas, la recarga artificial de acuíferos, la cosecha de aguas lluvias y otras que sean aplicables” 22 . En el informe de Estrategia Climática de Largo Plazo de Chile (ECLP) 23 , se presentan las SBN como “claves a priorizar para implementar accio- nes que aporten tanto a la mitigación como la adaptación”. A raíz de este informe, se generó el Documento de Alcances: Soluciones Basadas en la Naturaleza (2021), creado por el Comité Científico Asesor de Cambio Cli- mático 24 , en el marco de la ECLP, el cual lo define como: “Acciones para proteger, gestionar de manera sostenible y restaurar ecosis- temas naturales o modificados, que abordan desafíos de la sociedad como el cambio climático, la seguridad alimentaria e hídrica o el riesgo de desastres, de 22 Artículo 13 de la Ley N° 21.455. 23 MMA (2021), passim . 24 C omité C ientífico A sesor de C ambio C limático (2021), passim .
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=