Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas
XXIII Por su parte, Maximiliano Bolados, Sofía Roa y María Victoria Aedo se refieren a los planes de gestión hídrica de cuencas en su trabajo, analizan- do aquellos que se crearon de manera previa a la consagración legal, para efectos de observar las brechas y desafíos que existen en su creación e im- plementación. La labor de los autores puede resultar de gran utilidad para la implementación de los referidos planes y su artículo deja en claro que no hay metodología para la creación de planes, que los planes revisados dan cuenta de la falta de información sobre el agua en las diversas cuencas y que además el enfoque que se les ha dado mira demasiado a la oferta de agua, sin ser suficientemente profunda en lo que se refiere a intervenir en la demanda de agua. Presumiblemente, esto también dice relación con el modelo regulatorio de las aguas, donde la planificación y la gestión pública del agua tienen una injerencia muy acotada y son profundamente resistidas por quienes deten- tan derechos de aguas, llegando incluso a hacerlo contra sus propios intere- ses, en una sacralización de la idea de propiedad sobre las aguas como una especie de muro infranqueable para los arreglos democráticos. El derecho de propiedad sobre los derechos de aprovechamiento de aguas, sumado a las características de este derecho, que casi no tiene con- diciones ni sentido de lo público, lleva incluso a situaciones en que abier- tamente se hace caso omiso a necesidades sociales básicas como es la se- guridad alimentaria. María Francisca González lleva a cabo un análisis en este sentido, comparando la normativa chilena y la española y tomando en cuenta la crisis climática. La comparación entre Chile y España arroja que esta última tiene un marco regulatorio mucho más razonable para hacer frente a la crisis climática, desde el punto de vista de la seguridad alimen- taria. La autora da cuenta de que parte importante de ello tiene que ver con la diferencia entre un sistema normativo con un Estado de bienestar, como es el Español, y uno con un Estado neoliberal, como es el nuestro. 2. L as aguas como desafío de múltiples enfoques Otro aspecto relevante de las Jornadas del Régimen Jurídico de las Aguas es que pretenden ser una expresión del derecho de aguas como rama, incorporando el complejo entramado normativo que este contiene en lugar de restringirse artificialmente al Código de Aguas. Como expre- saba más arriba, el derecho de aguas como lo entienden estas jornadas,
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