Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas
Págs. 195 - 224 219 7. LA SUSTENTABILIDAD COMO UNO DE LOS NUEVOS EJES DEL CÓDIGO DE AGUAS.... C apítulo II: P reservación ecosistémica en el C ódigo de A guas en cualquier caso, la DGA queda facultada para limitarlos, suspenderlos o incluso dejarlos sin efecto 68 . iii. Comunidades de aguas subterráneas Respecto a las CASUB originadas tras la declaración de una zona de prohibición, se dispone que se cuenta con el plazo de un año para su or- ganización, que puede ser voluntaria o judicial 69 . Si en dicho plazo no se organiza, la DGA no podrá autorizar cambios de puntos de captación respecto de quienes no se hayan hecho parte en el proceso de formación de la CASUB, lo que constituye un correcto apercibimiento para facilitar la formación de dichas comunidades y que estas puedan contribuir con su labor a la sustentabilidad de los acuíferos. c. Aguas superficiales La Reforma deja en claro que el caudal ecológico se podrá fijar respec- to de los nuevos derechos que se otorguen, de aquellos ya constituidos o reconocidos en caso de traslados, e incluso de estos últimos sin necesidad de que medie un traslado, si se ubican en áreas declaradas bajo protección oficial de la biodiversidad, alcanzando entre otros a santuarios de la natu- raleza y humedales de importancia internacional. Lo anterior demuestra el cambio de paradigma de la nueva legislación en que predomina el uso sustentable del agua. A su vez, la DGA, con ocasión de la evaluación ambiental de ciertas obras hidráulicas mayores, podrá proponer caudales ecológicos mínimos o superiores al mínimo establecido al momento de la constitución del de- recho 70 . Por otra parte, a propósito de la protección de cauces naturales, se agre- gó como causal para ordenar la inmediata paralización de las obras o labo- res que se ejecuten en los mismos, que estas afecten la cantidad o calidad de las aguas 71 . 68 Artículo 66 del Código de Aguas. 69 Artículo 63 del Código de Aguas. 70 Artículo 129 bis 1 del Código de Aguas. 71 Artículo 129 bis 2 del Código de Aguas.
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