Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas
164 OSCAR RECABARREN SANTIBÁÑEZ Págs. 155 - 194 C apítulo II: P reservación ecosistémica en el C ódigo de A guas de las aguas, la protección está destinada a evitar su degradación y contami- nación. En consecuencia, ambos conceptos se traducen en mecanismos que detenta la Administración para asegurar el uso y aprovechamiento racional de las aguas, subterráneas en este caso, con el propósito de garantizar su permanencia y capacidad de regeneración, así como también la prevención de su contaminación y deterioro, todo lo anterior, como resguardo de la pre- servación ecosistémica y la explotación sustentable del acuífero. En este sentido, la sustentabilidad en materia de aguas tendría como propósito encontrar un equilibrio armónico entre el uso y aprovechamiento productivo de los recursos hídricos y la función de preservación ecosisté- mica, resguardando siempre las funciones de subsistencia, que incluyen el uso para el consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsis- tencia 18 . En síntesis, es posible entender la explotación sustentable del acuífero como el uso y aprovechamiento sostenido y equitativo de las aguas sub- terráneas, a través de medidas apropiadas de conservación y protección que permitan asegurar su permanencia y capacidad de regeneración tanto en cantidad como en calidad, garantizando los fines de subsistencia y las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de los ecosistemas, velando siempre por el equilibrio entre dichas condiciones y la función productiva que cumplen las aguas, de manera de no comprometer las ex- pectativas de vida de las generaciones futuras. En este contexto, corresponde analizar la forma en que la preservación ecosistémica y la sustentabilidad del acuífero condicionan la determina- ción de la disponibilidad, transformándola en un mecanismo de conserva- ción y protección de las aguas que permita el resguardo de dichos fines de interés público. 6.3. Aproximación al concepto de disponibilidad de aguas En el presente apartado corresponde abordar la noción de disponibi- lidad, para lo cual resulta necesario esclarecer la diferencia entre dicho concepto y la existencia física de las aguas, así como también dilucidar los diversos niveles o tipos de disponibilidad. Además, se debe dar una mira- 18 Artículos 5° y 5° bis del DFL N° 1.122, de 1981.
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